JurídicoESEN
Tutela ruling (T)February 20, 2015

T-075 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Jianhui Yu·Respondent Gobernacion Del Atlantico

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Nacionalidad Por Nacimiento
  • Conceder la nacionalidad colombiana a extranjeros o hijos menores de edad de extranjeros que, de acuerdo con las normas migratorias, no tengan vocación de permanencia en el país, desconoce la Constitución
  • Concepto y alcance del domicilio para adquirir la nacionalidad por nacimiento, cuando ambos padres son extranjeros
  • Parágrafo 2 del artículo 13 del Decreto 1514 de 2012 no se debió inaplicar
Derecho A La Nacionalidad De Menor De Edad
  • Se ordena a autoridad inaplicar el parágrafo 2 del artículo 13 del Decreto 1514 de 2012, por excepción de inconstitucionalidad y expedir pasaporte colombiano a hijo de extranjero, nacido en Colombia
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • No establece diferencia entre persona nacional o extranjera
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante, de nacionalidad china, procura obtener el amparo al derecho a la nacionalidad de su hijo, presuntamente vulnerado por la Gobernación del Atlántico, al negar la expedición del pasaporte colombiano del menor, a pesar de haber nacido en Colombia.

La entidad adujo que la norma que rige el proceso de expedición de pasaportes, esto es, el Decreto 1514 de 2012, reza que: “los menores hijos de padre y madre extranjeros nacidos en Colombia deberán acreditar la condición de nacionales colombianos, mediante la presentación de la respectiva Visa RE (Residente) de los padres, vigente al momento del nacimiento del menor” y que para el caso concreto del menor representado, no se cumple con esta condición.

Se aborda el análisis de los siguientes temas: 1º.

El marco normativo del derecho a la identidad de los niños y niñas, particularmente, sobre la nacionalidad colombiana por nacimiento y la expedición del pasaporte respectivo. 2º.

El concepto y alcance del domicilio para adquirir la nacionalidad por nacimiento, cuando ambos padres son extranjeros. 3º.

Cuando la norma sobre la expedición de pasaportes para hijos de extranjeros, debe inaplicarse por excepción de inconstitucionalidad y, 4º.

El análisis de la precitada excepción en el caso concreto.

Se CONCEDE la tutela, se ordena a la autoridad competente inaplicar el parágrafo 2º del artículo 13 del Decreto 1514 de 2012, por excepción de inconstitucionalidad y, expedir el pasaporte colombiano al hijo del demandante, cuando así lo solicite, directamente o a través de su representante.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla que nego la proteccion constitucional promovida por Nicolas Wentao Yu Wu, mediante agente oficioso, contra la Gobernacion del Atlantico. En su lugar, CONCEDER la presente accion de tutela por violacion de su derecho a la nacionalidad.
  3. SEGUNDO. ORDENAR que la autoridad competente (elegida por el interesado) debera (i) inaplicar el paragrafo 2o del articulo 13 del Decreto 1514 de 2012, por excepcion de inconstitucionalidad, y (ii) expedir el pasaporte colombiano al nino Nicolas Wentao Yu Wu, identificado con NUIP 1084454786, segun registro civil de nacimiento con serial 52554521, cuando asi lo solicite, directamente o a traves de su representante (padre o apoderado).
  4. TERCERO. SE INSTA al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, si aun no lo ha hecho, implemente un mecanismo de socializacion y comunicacion de su interpretacion constitucional del paragrafo 2o del articulo 13 del Decreto 1514 de 2012, segun lo planteado en sus oficios S-GAUC-14-093078 (16 de diciembre de 2014) y S-GAUC-14-095488 (29 de diciembre de 2014).
  5. CUARTO. COMUNICAR la presente decision al senor Jianhui Yu, por intermedio de su empresa empleadora Filial en Colombia De Zhejiang Industrial Equipment Installation Group Co Ltda., con NIT 900480129-4; en la Avenida 82 #10-62 Piso 5o (Baker & McKenzie) de la ciudad de Bogota.
  6. QUINTO. COMUNICAR la presente decision al Defensor del Pueblo, para que, dentro de la orbita de sus competencias, haga un seguimiento del cumplimiento de esta providencia.
  7. SEXTO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Notifiquese, comuniquese,
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentGloria Stella Ortiz Delgado
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.