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Unification ruling (SU)October 29, 1996Full bench

SU- de 1996

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio Barrera Carbonell

✓Claimant Sindicato De Trabajadores De Propal

✓
Topic · hard data
Der. A La Igualdad. Asociacion Sindical. A Trabajo Igual Salario Igual. Propal. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Diferencias Salariales
  • Justificación objetiva y razonable
Medio De Defensa Judicial
  • Controversia laboral
  • Denuncia de convenciones colectivas
Trabajador Sindicalizado
  • Protección por trato diferente
  • Discriminación
  • Beneficios injustificados de no sindicalizados
  • No ejercicio de acciones laborales
Trabajador No Sindicalizado
  • Beneficio de condiciones económicas
  • Condiciones de trabajo iguales
Pacto Colectivo Y Convencion Colectiva
  • Coexistencia
  • No se presenta coexistencia
6 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decisión Penal, de febrero 23 de 1996, asi como la proferida por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal del Circuito de Cali 30 de enero del mismo año.
  3. Segundo. CONCEDER, la tutela de los derechos a la igualdad, a la asociación sindical y a la negociación colectiva. Como consecuencia de lo anterior, la Empresa Productora de Papeles S.A. PROPAL procederá, en el término de 48 horas a pagar a los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados beneficiarios de la Convención, los derechos y beneficios laborales que para los trabajadores no sindicalizados se establecen en el Plan Voluntario de Servicios y Beneficios, en cuanto excedan a los previstos en dicha Convención, con retroactividad a los 3 años inmediatamente anteriores al 17 de enero de 1996, fecha de presentación de la demanda de tutela, que corresponde al término señalado en la ley para la prescripción de los derechos laborales.
  4. Tercero. ORDENASE a la Empresa que en lo sucesivo, y al celebrar pactos colectivos y convenciones colectivas que regulen las condiciones laborales tanto para los trabajadores no sindicalizados firmantes de dichos pactos como para los trabajadores sindicalizados, o al establecer en forma unilateral y en forma general, beneficios o incentivos en favor de los trabajadores, como los que se prevén en el llamado Plan Voluntario de Servicios y Beneficios, se abstenga de fijar condiciones que impliquen discriminación contra los trabajadores sindicalizados y que conduzcan a la violación no sólo del derecho a la igualdad sino de la asociación sindical y a la negociación colectiva.
  5. Cuarto. Librar las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991 para los fines allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
DissentFabio Morón DíazDissentHernando Herrera Vergara
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 4cited by 22 →SU.569/96SU.342/95 — Pactos Colectivos De Trabajo. Der. A La Igualdad. Der. De Asoc. Sindical. Negociacion Colectiva. Sindicato De Leonisa. Concedida. · cited 271 timesSU.342/951995C-009/94 — C.S.T. Art. 467. Convencion Colectiva De Trabajo. Exequible La Expresion "durante Su Vigencia". · cited 42 timesC-009/941994T-136/95 — Der. De Asociacion Sindical. Der. A La Igualdad. Ders. Colectivos. Aumento De Salario Solo Para Trabajadores No Sindicalizados. Coopfebor. N · cited 27 timesT-136/951995T-435/94 — Tutela Contra Prov. Judiciales. Via De Hecho. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Distribucion De Bienes En Una Sucesion. Negada. · cited 24 timesT-435/941994T-335/00 — Derecho A La Igualdad Y Libre Asociacion Sindical. Nivelacion Salarial De Docentes. Hora Catedra Y Contrato Indefinido. Medio De Defensa Jud · cited 176 timesT-335/002000T-135/02 — Derecho A La Igualdad Y Libertad De Asociacion Sindical. Solicitud De Reintegro A Cargos De Igual O Superior Categoria. Sustitucion Patronal · cited 156 timesT-135/022002T-069/15 · cited 48 timesT-069/152015T-1496/00 — Derecho A La Igualdad Y Trabajo De Docentes. Contrato A Termino Fijo. Negada. · cited 48 timesT-1496/002000T-1328/01 — Derecho De Asociacion Sindical. Solicitud Reintegro De Trabajadorres Sindicalizados Despedidos Sin Cumplimiento De Los Requisitos Previstos · cited 44 timesT-1328/012001A. 052/97 — Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-330/97. · cited 41 timesA. 052/971997C-1491/00 — Ley 50 De 1990. Art. 70 (P.). Reformas Al Codigo Sustantivo Del Trabajo. Derecho De Asociacion Y Libertad Sindical. Sindicato Que Agrupe Mas · cited 33 timesC-1491/002000T-330/97 — Der. De Asociacion Sindical. Der. A La Igualdad. Mejores Beneficios Para Trabajadores No Sindicalizados. Icollantas.Concedida Parcialmente. · cited 22 timesT-330/971997
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.