C-381 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Amador Lozano Rada
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Retiro de los miembros de la Policía Nacional por disminución de la capacidad sicofísica
- Discriminación por omisión de trato especial
- Instrumentos internacionales tendientes al tratamiento, adaptación y readaptación
- Protección constitucional especial
- Fin perseguido a través de las medidas de diferenciación positiva
- Protección legal
- Existencia no vulnera per se el derecho a la igualdad
- Definición legal
- Readaptación profesional
- Carencia de efecto de despido sin autorización de la oficina de trabajo que constate la existencia de justa causa
- Situaciones que constituyen actos discriminatorios
- Objetivo y medio para el disfrute de los demás derechos y la plena participación en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación
- Integración oficiosa
- Diferente al aplicable a la generalidad de las personas en razón a la naturaleza de los servicios prestados
- Procede siempre que se concluya que la persona no tiene capacidad alguna aprovechable
- Reconocimiento de pensión de invalidez por pérdida de la capacidad sicofísica
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Decreto 1791 de 2000 arts 55 (parcial) 58 y 59 (parcial).
Modifica las normas de carrera del personal de oficiales nivel ejecutiv o suboficiales y agentes de la policia nacional.
Retiro del servicio activo de la policia nacional por la disminución de la capacidad psicofísica.
Ineptitud parcial de la demanda.
Integración de la proposicion juridica completa.
El articulo 59 no fue demandado en su integridad sin embargo considera la corte necesario estudiarlo en su conjunto toda vez que las expresiones demandadas por si solas no constituyen una proposicion juridica completa y un estudio parcial de la norma impediria su aplicacion acorde con la carta política.
Tratamiento de las personas con discapacidad en los instrumentos internacionales.
Personas discapacitadas y su estabilidad laboral reforzada.
Principio de igualdad y la diferenciacion positiva.
La capacidad sicofisica de los miembros de la fuerza publica y su contenido en las normas de demanda.
Facultad del legislador para expedir regímenes especiales.
El tratamiento diferenciado en los regimenes especiales per se no viola el principio de igualdad.
Una persona discapacitada o con disminución de su capacidad sicofísica no podra ser retirada de la institución por ese solo motivo si se demuestra que se encuentra en condiciones de realizar alguna labor administrativa de docencia o de instrucción.
Inhibida.
Inexequible y exequible
What it decided
Holdings on Decreto 1791/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. INHIBIRSE para conocer sobre los cargos formulados contra los articulos 55, 58 y 59 del Decreto 1791 de 2000 por la posible violacion de los articulos 1 y 25 de la Carta Politica, por inepta demanda.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 58 del Decreto 1791 de 2000.
- Tercero. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "EXCEPCIONES AL" del titulo del articulo 59 del Decreto 1791 de 2000; "No obstante lo dispuesto en el articulo anterior", y "siempre que por su trayectoria profesional lo merezcan" que hacen parte del mismo articulo 59.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados en esta Sentencia, el numeral 3 del articulo 55 del Decreto 1791 de 2000 y el resto del articulo 59 del mismo Decreto en el entendido que el retiro del servicio por disminucion de la capacidad sicofisica solo procede cuando el concepto de la Junta Medico Laboral sobre reubicacion no sea favorable y las capacidades del policial no puedan ser aprovechadas en actividades administrativas, docentes o de instruccion.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.