C-237 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 560/20
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Mecanismo de solución de conflictos
- Reactivación empresarial
- Capitalización de activos y pasivos
- Control constitucional formal y material
- Derecho de acreedores a un precio justo como garantía constitucional de protección a la propiedad privada
- Procedimientos extrajudiciales de recuperación y reorganización empresarial
- Finalidad
- Parámetro de validez constitucional
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Ámbito de configuración
- Finalidad y principios
- Exclusión de votación a acreedores internos y vinculados no desconoce el derecho a la igualdad
- Igualdad de los acreedores convocados
- Reglas claras de trato a acreedores que garanticen la participación de los diferentes interesados
- Fuentes normativas
- Exequibilidad condicionada
- Se fundamentan en la competencia constitucional del Estado para intervenir en la economía
- Universalidad e igualdad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 560 de 2020, por el cual se adoptan medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del Estado de Emergencia, Social y Ecológica.
La Corte considera que las medidas decretadas para reducir el impacto que tiene para algunos acreedores la aplicación del régimen de insolvencia en situación de emergencia, establecer mecanismos de alivio para las empresas en crisis y obtener recursos que contribuyan a la continuidad de la actividad empresarial, resultan acordes con la Constitución, en las condiciones establecidas en el presente fallo.
Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 2, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 del Decreto Legislativo 560/20.
El artículo 3º se declara EXEQUIBLE, salvo su inciso primero que se condiciona, en el entendido que entre las pequeñas acreencias a las que se refiere se encuentran comprendidas también las correspondientes a créditos de alimentos a favor de menores de 18 años y adultos mayores.
El artículo 4 también se declara EXEQUIBLE salvo su numeral 2.3 que se condiciona, en el entendido que tampoco se podrán afectar los créditos por alimentos a favor de adultos mayores.
Así mismo, el artículo 5 se declara EXEQUIBLE salvo el parágrafo 3 que se condiciona, en el entendido que las “rebajas de sanciones, intereses y capital” a que alude no significa, en ningún caso, la posibilidad de la condonación de deudas fiscales.
El artículo 8 se declaró EXEQUIBLE salvo el numeral 3 del parágrafo primero del mismo, el cual se condiciona en el entendido que también se encuentran excluidos de la permisión de aplazamiento, los créditos de alimentos a favor de menores de 18 años y adultos mayores.
What it decided
Holdings on Decreto 560/20. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los artículos 1, 2, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 del Decreto Legislativo 560 de 2020.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 3, salvo el inciso primero, que se declara EXEQUIBLE EN EL ENTENDIDO que entre las pequeñas acreencias a las que se refiere, se encuentran comprendidas también las correspondientes a créditos de alimentos a favor de menores de 18 años y adultos mayores.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 4, salvo el numeral 2.3, que se declara EXEQUIBLE EN EL ENTENDIDO que tampoco se podrán afectar los créditos por alimentos a favor de adultos mayores.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el artículo 5, salvo el parágrafo 3 del art. 5, que se declara EXEQUIBLE EN EL ENTENDIDO que las "rebajas de sanciones, intereses y capital" a que alude no significa, en ningún caso, la posibilidad de la condonación de deudas fiscales.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE el artículo 8, salvo el numeral 3 del parágrafo
- primero. del art. 8º, que se declara EXEQUIBLE EN EL ENTENDIDO que también se encuentran excluidos de la permisión de aplazamiento, los créditos de alimentos a favor de menores de 18 años y adultos mayores.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.