C-215 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 571/20
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Expedición por Gobierno
- Exequibilidad parcial
- Inexequibilidad parcial por cuanto no supera el juicio de necesidad jurídica
- Contenido y alcance
- Modificación
- Alcance
- Competencia de la Corte Constitucional
- Exequibilidad
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Definición
- Carácter reglado, excepcional y limitado
- Control político y control jurídico
- Competencia extraordinaria del Gobierno Nacional para modificar el Presupuesto General de la Nación
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance de modificaciones en Presupuesto General de la Nación
- Prioridad
- Definición
- Exequibilidad del Decreto Legislativo 417 de 2020
- Juicio de constitucionalidad
- Alcance
- Fundamento
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
- Establece tres clases de estados de excepción
- Características
- Competencias del Congreso de la República
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 571 de 2020, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
En el análisis de este Decreto la Corte reiteró la aplicación del principio de legalidad a los traslados presupuestales que deban realizarse como consecuencia de la adición presupuestal decretada como medida de excepción, así como el respeto por la destinación original de los recursos de naturaleza parafiscal.
Con base en las anteriores consideraciones declaró EXEQUIBLES los artículos 1, 2, 7 y 8 del Decreto 571 de 2020 y EXEQUIBLE CONDICIONADO su artículo 6º, en el entendido que: a) cuando la destinación de los ingresos y rentas allí previstos a la atención de los gastos que se requieran durante la vigencia fiscal de 2020 para hacer frente a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 del 17 de marzo 2020 y contrarrestar la extensión de sus efectos sociales y económicos, implique traslados presupuestales, ello solo se puede hacer mediante norma con fuerza de ley; y b) tratándose de contribuciones parafiscales, en todo caso, deberá respetarse el objeto definido en su ley de creación.
Las normas que establecían la liquidación presupuestal de las partidas adicionadas (artículos 3, 4 y 5 ibídem) fueron declaradas INEXEQUIBLES, por no superar el juicio de necesidad jurídica.
What it decided
Holdings on Decreto 571/20. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2, 7 y 8 del Decreto 571 de 2020.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 6 del Decreto 571 de 2020, bajo el entendido de que a) cuando la destinacion de los ingresos y rentas alli previstos a la atencion de los gastos que se requieran durante la vigencia fiscal de 2020 para hacer frente a la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 417 del 17 de marzo 2020 y contrarrestar la extension de sus efectos sociales y economicos, implique traslados presupuestales, ello solo se puede hacer mediante norma con fuerza de ley; y b) tratandose de contribuciones parafiscales, en todo caso, debera respetarse el objeto definido en su ley de creacion.
- TERCERO. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 3, 4 y 5 del Decreto 571 de 2000.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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