T-985 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Maria Margarita Acosta Gonzalez Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia
- Procedencia respecto a desplazados
- No se exige el requisito de certificación de su condición de desplazado
- Solidaridad internacional
- Protección estatal
- Consecuencias
- Debe garantizar atención de personas desplazadas
- Falta de atención a la accionante desplazada
- Atención integral y manejo del registro único de la población desplazada
- Coordinación de ejecución de proyectos productivos
- No ha prestado la ayuda humanitaria a la accionante desplazada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague y, en su lugar, CONCEDER la proteccion constitucional de los derechos a la vida digna, a la salud, a la educacion, al trabajo y a la vivienda digna de Maria Margarita Acosta Gonzalez.
- Segundo. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que asista, asesore y acompane, en general, y que efectivamente coordine la asistencia estatal que la senora Maria Margarita Acosta Gonzalez demanda para ella y para su grupo familiar, en todos los ordenes, con el concurso de FONVIVIENDA y del Ministerio de Hacienda y Credito Publico en lo que a cada uno de estas entidades compete.
- Tercero. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en concurso con FONVIVIENDA, en el termino de cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de esta Sentencia, dentro del ambito de sus competencias, inicien las actuaciones pertinentes para atender de manera transitoria y prioritaria la necesidad de vivienda de la peticionaria.
- Cuarto. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta Sentencia, atienda de manera prioritaria la inclusion de la accionante a los programas de capacitacion laboral existentes para la poblacion desplazada, asi como lo atinente a la orientacion y aprobacion del proyecto productivo por ella presentado.
- Quinto. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este Fallo, inicie las diligencias pertinentes para afiliar a la peticionaria y a su hijo al regimen subsidiado de salud, sin perjuicio de que de manera inmediata se les preste la atencion medica que requieran.
- Sexto. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.