T-962 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Corporacion Autonoma Regional De Cundinamarca·Respondent Subseccion A De La Seccion Segunda Del Tribunal Administrativo De Cundinamarca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reglas de procedencia y procedibilidad
- Defectos
- Improcedencia por carecer del requisito de inmediatez
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso.
El demandante actúa como apoderado judicial de la CAR, considera que el Tribunal accionado incurrió en un defecto sustantivo al señalar que no puede ordenarse el cumplimiento del numeral 8 del artículo 46 de la ley 1999 de 1993, puesto que tal disposición no establece una obligación, clara, expresa y exigible en cabeza del Distrito Capital de transferir el cincuenta por ciento de lo recaudado en virtud de multas o penas pecuniarias impuestas por violación a las leyes, reglamentos o actos administrativos de carácter general en materia ambiental a la CAR.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia en torno a la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se estudia el defecto sustantivo alegado, se concluye que la acción no cumple con el requisito de inmediatez, el cual en el presente caso debe ser analizado con mayor rigor ya que se esta impetrando contra una providencia judicial, pudiéndose vulnerar el debido proceso de la parte favorecida, por lo tanto se decide denegar el amparo.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el dieciocho (18) de marzo de 2010 y la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el ocho (8) de julio de 2010, en la acción de tutela instaurada por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca contra la Subsección A de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En su lugar, DENEGAR el amparo solicitado por las razones expuestas en la presente decisión.
- Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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