T-920 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Jesus Renan Rojas Carvajal Gobernador Del Cabildo Indigena De Intiyaku De Rosas·Respondent Municipio De Rosas (Cauca)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Desarrollo normativo interno del enfoque diferenciado
- Enfoque diferenciado
- Fundamento normativo
- Vulneración por Alcaldía al negar traslado colectivo a EPS de miembros de comunidad indígena
- Afiliación de los miembros de las comunidades indígenas en el régimen subsidiado
- Constitución, organización y funcionamiento
- Orden a Alcaldía proceda a autorizar el traslado de los miembros de la comunidad Indígena a EPS
- Contenido general
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
<br>En el presente asunto se concede la tutela a los derechos fundamentales a la concertación de los pueblos indígenas, al traslado colectivo a una E.P.S-I, a gozar de un sistema de salud conforme a su identidad cultural y la integridad étnica y cultural de los miembros de la comunidad indígena Intiyaku de Rosas (Cauca).
La acción constitucional fue interpuesta por el gobernador del cabildo, porque consideró vulnerados algunos derechos fundamentales de su comunidad, como consecuencia de la negativa de la alcaldía municipal de Rosas (Cauca) de autorizarles el traslado colectivo desde la E.P.S en la que se encuentran afiliados a la AIC E.P.S I.
La accionada se opuso a las pretensiones incoadas, argumentando que los peticionarios no estaban identificados como población indígena y que por ende no tenían derecho a trasladarse a una E.P.S.I¸ que la entidad escogida no se encontraba inscrita en el municipio y, que el traslado de E.P.S. debía ser individual.
La Sala, además de tutelar los derechos invocados, ordena a la alcaldía accionada verificar junto con la autoridad tradicional del cabildo, el listado censal que se aportó para solicitar el traslado de E.P.S. y una vez hecha tal verificación, proceder a autorizar el traslado.
CONCEDIDA. <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos contenida en Auto de fecha veintiuno (21) de febrero de 2011, proferido por la Sala Septima de Revision de esta Corporacion.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el dia doce (12) de mayo de 2010, por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Popayan, que confirmo la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Rosas (Cauca) del quince (15) de marzo de 2010, en cuanto declaro improcedente la accion impetrada. En su lugar CONCEDER la tutela a los derechos fundamentales a la concertacion de los pueblos indigenas, al traslado colectivo a una EPS-I, a gozar de un sistema de salud conforme a su identidad cultural y la integridad etnica y cultural de los miembros de la Comunidad Indigena Intiyaku de Rosas (Cauca), por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. En consecuencia, ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Rosas (Cauca), que en el termino perentorio de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta sentencia, verifique junto con la autoridad tradicional del Cabildo Indigena Intiyaku de Rosas, el listado censal que esta aporto para solicitar el traslado a la AIC EPS-I.
- CUARTO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Rosas (Cauca) que, una vez hecha la verificacion de que trata la orden precedente, proceda a autorizar a mas tardar en el mes de enero del ano 2012, el traslado a la AIC EPS-I de los miembros de la Comunidad Indigena Intiyaku de Rosas.
- QUINTO. ORDENAR al representante de la Alcaldia Municipal de Rosas (Cauca), ENVIAR a mas tardar en un (1) mes contado a partir de la notificacion de esta providencia, un informe detallado al Juez de primera instancia sobre el cumplimiento de las ordenes.
- SEXTO. ORDENAR al representante de la Alcaldia Municipal de Rosas (Cauca), ENVIAR al finalizar el periodo de traslado, un informe detallado al Juez de primera instancia sobre el cumplimiento de las ordenes.
- SEPTIMO. INSTAR a la Defensoria del Pueblo para que vigile el estricto cumplimiento de las ordenes impartidas por la Corte Constitucional.
- Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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