T-869 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Ilia Díaz Sanjuan Y Otras·Respondent Agencia Presidencial Para La Acción Social Y La Cooperación Internacional
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia para garantizar los derechos fundamentales de los desplazados
- Reglas jurisprudenciales para su entrega y prórroga
- Se ordenará a Acción Social evaluar las condiciones de los accionantes para determinar si fue superada su situación
- Existencia de un hecho superado en algunos de los casos por haberse entregado o prorrogado la ayuda humanitaria
- Responsabilidad de las autoridades para probar que la persona no acredita esa condición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al mínimo vital, dignidad humana y protección de sus hijos menores ya que la entidad accionada se ha negado a concederles las prórrogas de la asistencia humanitaria a que tienen derecho como desplazadas.
Procedibilidad de la tutela como mecanismo para garantizar los derechos de las personas en situación de desplazamiento forzado.
El principio de la buena fe procesal.
Reglas jurisprudenciales para la entrega de la ayuda humanitaria y las circunstancias establecidas por la corte en las que resulta procedente la prórroga de esta ayuda.
Se concede en algunos casos y en otros ya existe un hecho superado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- Primero. REVOCAR la decision proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que confirmo la decision del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Valledpuar, que resolvio negativamente la accion de tutela impetrada por la ciudadana Ilia Luz Diaz Sanjuan contra la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales de la accionante y su grupo familiar.
- Segundo. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional que en el termino de 30 dias a partir de la notificacion del fallo, realice una evaluacion de las condiciones reales de la senora Ilia Diaz Sanjuan y su grupo familiar, con el fin de determinar si han sobrepasado la situacion de extrema vulnerabilidad identificada. Si se verifica que las condiciones persisten, Accion Social debera informar a la accionante sobre las circunstancias de tiempo modo y lugar para la entrega de la asistencia humanitaria, las cuales seran prorrogadas hasta que dicha situacion de urgencia finalice o, sea superada, segun lo dispuesto por la sentencia C-278/0743.
- Tercero. CONFIRMAR la decision proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que confirmo la decision del Juzgado
- Cuarto. de Ejecucion de Penas y de Medidas de Seguridad de Valledupar, que resolvio negativamente la accion de tutela interpuesta por la ciudadana Delmira Jimenez Quintero contra la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional por existencia de hecho superado.
- Cuarto. CONFIRMAR la decision proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Valledupar, que resolvio la accion de tutela elevada por la ciudadana Maria del Carmen Herrera Almanza contra la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional, por existencia de hecho superado.
- Quinto. REVOCAR la decision proferida por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogota D.C, que resolvio negativamente la accion de tutela impetrada por la ciudadana Nancy Arciniegas Ojeda contra la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales de la accionante y su grupo familiar.
- Sexto. ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social que en el termino de 30 dias a partir de la notificacion del fallo, realice una evaluacion de las condiciones reales de Nancy Arciniegas Ojeda y su grupo familiar, con el fin de determinar si han sobrepasado la situacion de extrema vulnerabilidad identificada. Si se verifica que las condiciones persisten, Accion Social debera informar a la accionante sobre las circunstancias de tiempo modo y lugar para la entrega de la asistencia humanitaria, las cuales seran prorrogadas hasta que dicha situacion de urgencia finalice o, sea superada, segun lo dispuesto por la sentencia C-278/0744.
- Septimo. Por Secretaria General, librese la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.