T-728 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Hector Medina·Respondent Comfamiliar E.P.S. S Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Prescripción de prótesis por problemas auditivos
- Creación según Ley 100/93
- Servicio público a cargo del Estado y derecho fundamental
- Reiteración de jurisprudencia
- Carencia actual de objeto por suministro de audífonos bilaterales
- Reiteración de jurisprudencia
- Fundamental
- Protección por medio de la acción de tutela
- Protección por su estado de debilidad manifiesta
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida en condiciones dignas.
Al accionante le fue diagnosticada una hipoacusia mixta moderada en ambos oídos y le fue prescrito por su médico tratante el uso de unas prótesis auditivas que le fueron negadas por la E.P.S.-S COMFAMILIAR, bajo el argumento de no estar incluidas dentro del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado.
En sede de revisión se allegó prueba que certificó el suministro por parte de la E.P.S. accionada de los audífonos solicitados, razón por la cual la Sala declaró la carencia actual de objeto por hecho superado.
Pese a la anterior declaración se hizo un llamado a las entidades encargadas de prestar el servicio de salud para que, aún cuando los audífonos bilaterales estén excluidos del POS-S, observen los criterios dispuestos por la Corte Constitucional para conceder prestaciones no incluidas en él, cuando se trate de la salud y la dignidad humana de sujetos de especial protección, como en el caso concreto, que se trataba de una persona de 80 años de edad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Huila, Sala Tercera de Decision, el 26 de abril de 2011, mediante la cual fue revocado lo dispuesto por el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Neiva en providencia de fecha 11 de marzo de 2011.
- SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.