T-660 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Jorge Salazar Escobar·Respondent Juzgado Treinta Y Ocho Civil Del Circuito De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración por fallar de manera contraevidente a la realidad procesal
- Configuración
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, acceso a la administración de justicia.
Tutela contra providencia judicial.
El demandante considera que la decisión adoptada por el Juzgado Treinta y Ocho Civil del Circuito de Bogotá dentro de un proceso ejecutivo de menor cuantía promovido por él contra las sociedades HIDROELECTRIC DE COLOMBIA LTDA y NOARCO S.A vulnera sus derechos fundamentales, al haber incurrido en un defecto fáctico por no valorar de manera integral el material probatorio disponible en el expediente, comoquiera que se limitó a estudiar el contrato de arrendamiento, sin tener en cuenta los demás documentos aportados como pruebas, como lo fue la sentencia proferida dentro del proceso abreviado de restitución de mueble arrendado.
La Sala de Revisión desarrolla la siguiente temática: 1º.
Evolución jurisprudencial relativa a la acción de tutela contra providencias judiciales y 2º.
Causales generales y específicas de procedibilidad de la tutela cuando se encamina a atacar una providencia judicial, haciendo énfasis al defecto fáctico.
Se concluye que, el juzgado accionado incurrió en un defecto fáctico por indebida valoración del material probatorio del que disponía dentro del expediente.
Se confirman la decisión de instancia que CONCEDIO el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido el 16 de febrero de 2012 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia que concedio el amparo solicitado por Jorge Salazar Escobar, por las razones expuestas en la presente providencia.
- SEGUNDO. Por Secretaria General, DEVOLVER el expediente del proceso ejecutivo de menor cuantia de Jorge Salazar Escobar contra HIDROELECTRIC de Colombia Ltda. y NOARCO S.A., con numero de radicacion 2008-538 al Juzgado Sesenta y Cuatro (64) Civil Municipal de Bogota.
- TERCERO. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.