T-642 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Claimant Leonardo Gegary Tunugama·Respondent Juzgado Primero De Ejecucion De Penas Y Medidas De Seguridad De Ibague
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden de trasladar al accionante a disposición de las autoridades indígenas
- Orden a autoridades institucionales de Resguardo determinar en el momento de presentación del actor a la comunidad, la investigación, el juzgamiento y la condena,
- Competencia
- Dimensiones
- Criterios de procedencia
- Elementos
- Alcance
- Derechos a la verdad, justicia y la reparación deben entenderse a la luz de criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Conflicto de competencias
- Posibilidad de que sean cumplidas en cárceles ordinarias, garantizando identidad cultural y costumbres de los indígenas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor alega que sus derechos fundamentales al debido proceso, al habeas corpus, a la jurisdicción especial indígena, a la diversidad étnica y cultural, a la igualdad y al principio non bis in ídem han sido vulnerados, en virtud de estar detenido ilegalmente en establecimiento común de reclusión, habiendo cumplido previamente el castigo a una pena de 10 años de cepo y 5 años de trabajo comunitario, impuesto por el Cabildo Frey de Mistrató (Risaralda) La Sala se pronuncia sobre el alcance de la jurisdicción especial indígena y el cumplimiento y la ejecución de la pena para miembros de comunidades indígenas.
Para la Sala, se violan derechos fundamentales del actor por el hecho de estar privado de la libertad ilegalmente en una cárcel común, sin distinción de un tratamiento penitenciario y carcelario adecuado respecto de su condición especial.
Se precisa, que la reclusión a indígenas sin enfoque diferencial, vulnera los derechos a la diversidad étnica y cultural, a la identidad de las comunidades indígenas y al debido proceso en la ejecución de la pena.
Se reitera la obligación legal de proveer establecimientos de reclusión especiales para sujetos de especial protección, como los indígenas, quienes independientemente de la jurisdicción aplicable, deberían cumplir la pena en establecimientos especiales con enfoque diferencial o, en su defecto, en un lugar nativo o tradicional que propicie la operancia plena de la justicia indígena, el control de sus propias instituciones de las formas de castigo, con el fin de mantener y fortalecer los rasgos, lenguas y tradiciones indígenas que forman parte de la idiosincrasia del Estado-Nación.
Se CONCEDE el amparo de los derechos a la jurisdicción especial indígena, al juez natural, a la diversidad étnica y cultural y al debido proceso.
Se declara la nulidad de la sentencia mediante la cual se condenó al actor a veinte años de cárcel, se ordena su traslado y disposición ante las autoridades del Resguardo Unificado del Río San Juan – Embera Chamí, quienes deben determinar la investigación, juzgamiento y condena por el homicidio que se le atribuye.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. LEVANTAR los terminos en el expediente de la referencia, que fueron suspendidos mediante auto de 2 junio de 2014.
- Segundo. REVOCAR la sentencia de primera y unica instancia proferida por el Tribunal Superior -Sala Penal- del Distrito Judicial de Ibague (Tolima), el 28 de octubre de 2013, que nego la accion de tutela de la referencia instaurada por el accionante. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la jurisdiccion especial indigena, al juez natural, a la diversidad etnica y cultural y al debido proceso a favor del accionante Leonardo Gegary Tunugama.
- Tercero. DECLARAR la nulidad de la sentencia proferida el 23 de marzo de 1995, por el Juzgado 1deg Promiscuo del Circuito de Belen de Umbria, Risaralda, mediante la cual condeno al ciudadano Leonardo Gegary Tunugama a veinte (20) anos de carcel.
- Cuarto. ORDENAR al Juzgado 1deg de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Ibague, que traslade al accionante Leonardo Gegary Tunugama, a disposicion de las autoridades indigenas del Resguardo Unificado del Rio San Juan -Embera Chami.
- Quinto. ORDENAR a las autoridades institucionales del Resguardo Unificado del Rio San Juan -Embera Chami-, que determinen en el momento de presentacion de Leonardo Gegary Tunugama a la comunidad, la investigacion, el juzgamiento y la condena, por el homicidio perpetrado en contra de Samuel y Ernestina Nevaregama Guaurabe, ocurrido el 19 de abril de 1991, en la vereda de "Aribato", municipio de Mistrato, Risaralda.
- Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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