T-586 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Yurhy Jimenez Alegria Y Otros·Respondent Inpec Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Si la ratio decidendi del fallo es la inobservancia del principio de subsidiariedad no resulta coherente estudiar asuntos que tienen que ser abordados por el juez ordinario
- Improcedencia por cuanto no se evidenció un perjuicio irremediable y la actuación de la administración no fue irrazonable ni desproporcionada
- Procedencia excepcional
- Se debió asumir una carga argumentativa más intensa
- Jurisprudencia constitucional
- Proporcionalidad, racionalidad y necesidad de requisitos médicos y físicos
- Marco normativo de Convocatoria No. 335 de 2016
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En cinco acciones de tutela formuladas de manera independiente se aduce que los accionantes fueron arbitrariamente excluidos de un concurso público de méritos cuyo objeto era proveer 400 cargos en el INPEC, en la etapa de realización de los exámenes médicos donde fueron calificados como “no aptos”, por no cumplir algunas condiciones físicas requeridas dentro del proceso, tales como estatura mínima, índice de masa corporal inferior al establecido y padecer enfermedad visual.
Se aborda el estudio de los siguientes temas: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela contra actos administrativos que reglamentan o ejecutan un concurso de méritos. 2º.
La proporcionalidad y racionalidad de los requisitos médicos y físicos exigidos para ocupar el cargo de dragoneantes del INPEC, considerando la naturaleza de las funciones que desempeñan.
La Corte considera que no se vulneraron los derechos fundamentales alegados, en la medida en que las entidades demandadas lograron demostrar que los peticionarios fueron previa y debidamente advertidos acerca de lo que se les exigía; el proceso de selección se adelantó en igualdad de condiciones y la decisión se tomó con base en la consideración objetiva del cumplimiento de las reglas aplicables.
Se confirman las decisiones de instancia que denegaron por IMPROCEDENTES las acciones de tutela formuladas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de 8 de marzo de 2017, proferida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que, a su vez, confirmo la providencia del del 27 de enero de 2017 de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que habia negado por improcedente la accion de tutela interpuesta por la senora Yurhy Jimenez Alegria contra la Comision Nacional del Servicio Civil (expediente T-6.090.449).
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia de 14 de marzo de 2017, proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que, a su vez, confirmo la providencia del 20 de enero de 2017 de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que habia negado por improcedente que nego por improcedente la accion de tutela interpuesta
- por la senora Keidyn Derazo Zambrano contra la Comision Nacional del Servicio Civil (expediente T-6.102.513).
- Tercero. CONFIRMAR la sentencia de 16 de marzo de 2017, proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que, a su vez, confirmo la providencia del 25 de enero de 2017 de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que habia negado por improcedente la accion de tutela interpuesta por la senora Melissa Arciniegas Cabrera contra la Comision Nacional del Servicio Civil (expediente T-6.105.393).
- Cuarto. CONFIRMAR la sentencia de 15 de marzo de 2017, proferida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que, a su vez, confirmo la providencia del 24 de enero de 2017 de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que habia negado por improcedente la accion de tutela interpuesta por el senor Daniel Nausil Gomez contra la Comision Nacional del Servicio Civil (expediente T-6.106.834).
- Quinto. CONFIRMAR la sentencia de 22 de marzo de 2017, proferida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que, a su vez, confirmo la providencia del 24 de enero de 2017 de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, que habia negado por improcedente la accion de tutela (acumulada) interpuesta por los senores Paola Bravo Daza y Jhon Piscal Ponce contra la Comision Nacional del Servicio Civil (expediente T-6.115.113).
- Sexto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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