T-498 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant William Rodriguez Mendez·Respondent Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Sección Seguna, Subsección C Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Entrada en vigencia de la Ley 954/05
- Reglas de procedencia y procedibilidad conforme a la sentencia C-590/05
- Caso en que el demandante no pudo acceder a la segunda instancia por razón de la cuantía del proceso
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, acceso a la administración de justicia.
El actor fue desvinculado del DAS en septiembre de 2002, la entidad lo declaró insubsistente sin ningún tipo de motivación, ante esta situación interpuso acción de nulidad y reestablecimiento del derecho el Tribunal accionado negó las pretensiones de la demanda, ante lo cual interpuso recuso de apelación, se negó el recurso debido a que el artículo 1 de la ley 954 de 2005 reformó las competencias y el proceso pasó de ser de primera instancia a uno de única instancia, pues al momento de interponerse la acción la cuantía no era superior a 100 smlmv, solicita el actor le sea aplicado el principio de doble instancia.
La Corte no encuentra configurada la vía de hecho, por cuanto el actor interpuso el recurso de apelación estando en vigencia la Ley 954 de 2005 y en ese momento no cumplía con el requisito exigido de la cuantía para que el proceso fuese de doble instancia, el derecho a la doble instancia no es absoluto, puesto que el legislador, al tener cierto margen de configuración normativa, dispuso que ciertos temas contenciosos deben tramitarse en única instancia.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el dieciseis (16) de febrero de 2009 por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
- SEGUNDO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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