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Tutela ruling (T)July 26, 2013

T-496 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Elias Pequi Trochez·Respondent Gobernadores Del Cabildo Indigena Del Resguardo La Cilia-La Calera De Miranda (Cauca)

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Autonomia De Pueblos Indigenas
  • Protección constitucional
Debido Proceso En Jurisdiccion Indigena
  • Respeto que debe observarse en los procesos judiciales que se adelantan
  • No vulneración, por cuanto Resguardo indígena, apoyado en las disposiciones legales y constitucionales que definen su jurisdicción, y aplicando sus usos y costumbres, asumió investigación y decretó condena por delit
Jueces De Paz
  • Naturaleza jurídica
  • Finalidad
Comunidad Indigena
  • Figura simbólica del fuete no constituye tortura ni pena degradante
Elementos De La Jurisdiccion Indigena
  • Territorial, personal, institucional y objetivo
Legitimacion En La Causa Por Activa De Jueces De Paz
  • Cuando agencian derechos de miembros de comunidad indígena privados de la libertad
Jurisdiccion Indigena
  • Imposición de sanciones
11 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que el Resguardo Indígena la Cilia La Calera de Miranda (Cauca) vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa del actor al condenarlo a 50 años de cárcel por haber cometido el delito de homicidio agravado en contra de otro indígena miembro de dicha comunidad, gracias a una confesión que fue obtenida mediante tortura y promesas falsas de libertad.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

La procedencia de la acción de tutela en contra de decisiones adoptadas por autoridades indígenas. 2º.

La legitimación en la causa por activa del Juez de Paz de Reconsideración cuando agencia los derechos de un miembro de una comunidad indígena que se encuentra privado de la libertad. 3º.

La protección constitucional de la autonomía de los pueblos indígenas a su jurisdicción y a su fuero. 4º.

El principio de la maximización de la autonomía indígena. 5º.

El respeto que debe observarse por el debido proceso en los procesos judiciales que se conocen ante la jurisdicción indígena y, 6º.

La imposición de sanciones en esta jurisdicción.

Al considerar la Sala que en el presente caso se cumplen todos los elementos del fuero indígena, decide NEGAR el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Negar la accion de tutela interpuesta por el senor Victor Manuel Sarria, quien actua como agente oficioso del indigena Elias Pequi Trochez, contra el Cabildo del Resguardo Indigena La Cilia La Calera de Miranda (Cauca), con base en las consideraciones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. Librese por secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
  3. TERCERO.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 51cited by 8 →T-496/13T-531/02 — Derecho Al Debido Proceso. Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho. Pago De Mesadas Insolutas. Legitimacion Por Activa. Agencia · cited 465 timesT-531/022002SU.510/98 — Libertad De Cultos. Der. A La Identidad E Integridad Cultural. Minorias Evangelicas En La Comunidad Arhuaca. Negada · cited 163 timesSU.510/981998T-416/97 — Falta De Legitimacion En La Causa. Prestacion De Servicios Medicos Por Invias Y Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada. · cited 163 timesT-416/971997T-799/09 · cited 154 timesT-799/092009T-315/00 — Legitimacion Por Activa. Mora En El Pago De Salarios A Medico Que Se Encuentra Gravemente Enfermo. Concedida. · cited 147 timesT-315/002000T-349/96 — Diversidad Cultural. Der. A La Vida. Debido Proceso. Principio De Legalidad De La Pena. Indigena Embera Chami. Concedida Parcialmente. · cited 129 timesT-349/961996T-630/05 · cited 125 timesT-630/052005T-254/94 — Autonomia Y Jurisdiccion Indigena. Diversidad Etnica Y Cultural. Destierro Y Confiscacion. Com. Indigena Del Tambo. Concedida. · cited 125 timesT-254/941994T-208/19 — Ejercicio De La Jurisdiccion Especial Indigena. Limites. · cited 64 timesT-208/192019T-510/20 — Debido Proceso En Juzgamiento De Indigenas Y Limites Al Ejercicio De La Jurisdiccion Indigena · cited 13 timesT-510/202020T-372/22 — Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural-Elementos Del Fuero Especial Indígena Y Límites De La Jurisdicción Especial Indígena. · cited 12 timesT-372/222022A. 485/24 — Incumplimiento Del Factor Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante-Porte De Estupefacientes En Un Contexto De Macro Criminalidad-No · cited 1 timesA. 485/242024A. 2939/23 — Demanda Ordinaria Laboral Con El Fin De Que Se Declare La Existencia De Una Relación Laboral Surgida Entre Miembro De Comunidad Indígena Y I · cited 1 timesA. 2939/232023A. 1981/24 — Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Elemento Objetivo No Es Determinante-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia DA. 1981/242024A. 1313/24 — Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía Jurisdiccional De Las Comunidades Indígenas- Mujeres Son TituA. 1313/242024A. 1452/24 — Incumplimiento De Los Factores Institucional Y Objetivo-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía JurisA. 1452/242024
constitutional review unification tutela
Cited by8
A. 485/24Incumplimiento Del Factor Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante-Porte De Estupefacientes En Un Contexto De Macro Criminalidad-No Se Garantizan Los Derechos De La Colectividad Mayoritaria Y De Las Víctimas, Con Ocasión De Las Acciones De Una Organización Macro Criminal, Cuya Investigación Y Desarticulación Requiere Operaciones A Gran Escala Del Estado Colombiano.A. 1981/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Elemento Objetivo No Es Determinante-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De Las Victimas.A. 1452/24Incumplimiento De Los Factores Institucional Y Objetivo-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía Jurisdiccional De Las Comunidades Indígenas- Acceso Carnal Como Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria.A. 1313/24Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía Jurisdiccional De Las Comunidades Indígenas- Mujeres Son Titulares De Una Especial Protección, Que Fundamenta La Obligación De Debida Diligencia En La Prevención De La Violencia De Género-Conducta Con Alto Nivel De Nocividad Social Para La Sociedad Mayoritaria.A. 2939/23Demanda Ordinaria Laboral Con El Fin De Que Se Declare La Existencia De Una Relación Laboral Surgida Entre Miembro De Comunidad Indígena Y Ips Indígena.T-372/22Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural-Elementos Del Fuero Especial Indígena Y Límites De La Jurisdicción Especial Indígena.
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