T-473 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Roberto Collante Vargas (Personero De Hispania) En Representacion De Ivan Dario Quiroz·Respondent Coomeva E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a EPS para suministrar transporte en ambulancia con acompañante desde la residencia hasta otra ciudad para asistir a citas médicas
- Transporte ambulatorio para acceder a tratamiento en un lugar distinto al de residencia del peticionario
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida.
El accionante solicita que se amparen sus derechos fundamentales y en tal sentido se ordene a COOMEVA E.P.S. que le preste el servicio de ambulancia desde el municipio de Hispania (Antioquia), donde reside, hasta la ciudad de Medellín a donde debe asistir a la práctica de diversos tratamientos, terapias y revisiones médicas para el manejo de sus múltiples y delicadas patologías.
La entidad demandada niega el servicio, argumentando que el transporte interinstitucional por vía terrestre únicamente se reconoce a las personas que residen en lugares para los cuales pagan una UPC adicional y que el municipio de Hispania no es uno de ellos.
La Sala considera que, a pesar de que el transporte ambulatorio no está incluido en el POS para las circunstancias del accionante, en cuanto el municipio de residencia no es uno de aquellos en los que se reconoce una UPC adicional, el tutelante si tiene el derecho constitucional a que dicho servicio se preste por parte de la E.P.S., porque cumple con los requisitos necesarios para acceder al mismo, ya que ni él, ni sus familiares cercanos tienen recursos económicos suficientes para pagar el valor del traslado y, de no efectuarse la remisión se pone en riesgo su vida, integridad física o su estado de salud.
SE CONCEDE.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido por el Juzgado Promiscuo de Familia de Andes (Antioquia), el veintinueve (29) de diciembre de dos mil diez (2010), mediante el cual se denegó el amparo de los derechos fundamentales; y en su lugar CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia de primera instancia, emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Hispania (Antioquia), el treinta (30) de noviembre de dos mil diez (2010), en cuanto dispuso proteger los derechos fundamentales a la salud y la vida de Iván Darío Quiroz.
- Segundo. ORDENAR a COOMEVA EPS, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, suministre el transporte en ambulancia con acompañante al señor Iván Darío Quiroz desde el municipio donde reside hasta el centro o institución de salud en que la atención médica le sea prestada, con la finalidad de que pueda asistir a las citas ordenadas por el médico tratante. Si para la fecha de notificación de esta providencia el paciente ya hubiere acudido a la cita, esta orden se aplica para todas las ocasiones en que su médico le prescriba un tratamiento o cita en otra ciudad.
- Tercero. AUTORIZAR a COOMEVA EPS para repetir contra el Fosyga los costos en los que incurra y que, en virtud de la regulación, no le corresponde asumir.
- Cuarto. por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.