T-470 de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Claimant Luis Horacio Ochoa
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Resolución idónea
- Competencia por lugar de reclusión
- Persona privada de la libertad
- Presentación de denuncia
- Obstrucción presentación de denuncia
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- R E S U E L V E
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de febrero 15 de 1996 proferida por el juzgado 70 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogota D.C.. En consecuencia, CONCEDER la tutela constitucional de los derechos de peticion (C.P. art. 23) y debido proceso (C.P. art. 29), al senor Luis Horacio Ochoa. Por consiguiente, se ORDENA al senor Fiscal General de la Nacion que, en el termino de cuarenta y ocho horas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a darle el tramite de rigor a la denuncia penal formulada por el actor en las comunicaciones de 9 de diciembre de 1994 y 31 de enero de 1995, asi como a comunicarle oportunamente, al denunciante, la informacion pertinente.
- SEGUNDO. CONMINAR al Juez 70 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogota D.C. para que se abstenga, en el futuro, de dar a las acciones de tutela que le correspondan, el tramite otorgado a la interpuesta por el senor Luis Horacio Ochoa.
- TERCERO. CONFIRMAR, por las razones expresadas en esta providencia, la sentencia de marzo 13 de 1996, proferida por el Juzgado 1deg Penal del Circuito de Calarca. No obstante se advierte al Juez 1deg Penal del Circuito de Calarca respecto del descuido en el que incurrio al omitir la orden para que aquel, respecto de quien se solicita la tutela, actue o se abstenga de hacerlo, a fin de restablecer los derechos fundamentales conculcados.
- TERCERO. CONMINAR a la Juez de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Calarca a que, en lo sucesivo, no vuelva a incurrir en acciones violatorias de los derechos fundamentales de los reclusos, como la que se presento en el caso del senor Luis Horacio Ochoa, e INSTARLA a que, a partir de la fecha, ajuste sus actuaciones a lo senalado en el presente fallo.
- CUARTO. LIBRESE comunicacion al Juzgado 70 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogota, D.C., y al Juzgado 1deg Penal del Circuito de Calarca con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.