T-465 de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Gustavo Silva Rodriguez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Prohibición actos de proscripción
- Declaración de persona no grata
- Alcance
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR LA SENTENCIA de fecha 24 de abril de 1996, proferida por el Tribunal Superior de Santafé de Bogotá, D.C., Sala de Decisión civil, que a su vez confirmó la sentencia de fecha 25 de enero de 1996 del Juzgado Promiscuo del Circuito de Funza.
- Segundo. TUTELAR los derechos a la dignidad, la honra, al buen nombre y a la igualdad en favor del ciudadano GUSTAVO SILVA RODRIGUEZ, a quien tampoco se le podía señalar como sujeto de un acto de proscripción o persecución prohibido por la Constitución Política, según los alcances que se le han fijado al artículo 136, 5 en esta providencia.
- Tercero. ORDENAR a la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Mosquera para que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este fallo, suspenda los efectos de la proposición de declaración de "persona no grata" consignada en el acta No. 028 de febrero de 1991 del Concejo Municipal de Mosquera, de acuerdo con la decisión adoptada en esta sentencia de tutela. Igualmente se ordena que envíe sendos oficios a la Gobernación de Cundinamarca y a la Secretaría de Salud del mismo departamento, con el fin de rectificar la información que sobre el peticionario pueda haber en los archivos de las respectivas entidades, y que se haga la respectiva publicación en las gacetas del Municipio o del Departamento.
- Cuarto. PREVENIR a los miembros del Concejo Municipal de Mosquera para que en el futuro se abstengan de incurrir en conductas lesivas de los derechos fundamentales que dieron lugar a la presente acción de tutela, y menos para adoptar decisiones que impliquen proscripción o persecución de personas naturales o jurídicas, con desconocimiento de garantías constitucionales que recogen valiosas tradiciones republicanas y democráticas de la Nación.
- Quinto. DÉSE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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