T-435 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Jaime Hernan Suarez Torres·Respondent Cajanal Eice En Liquidacion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Permisos sindicales
- Protección
- Justa causa invocada para terminar contrato con trabajador aforado por supresión del cargo
- Caso en que el trabajador se encuentra en el retén social
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Asociación sindical.
En el presente caso se da una situación en la cual CAJANAL decide no despedir al accionante por hacer parte del retén social como prepensionado y por lo mismo, procede a no dar cumplimiento al fallo dictado dentro del proceso especial de fuero sindical, mediante el cual se le concedió autorización para desvincularlo por la supresión del cargo como consecuencia del proceso liquidatorio de la entidad.
Al tiempo de no hacer efectivo el despido, CAJANAL le reasigna funciones al actor bajo el argumento de no contar ya con el permiso sindical previamente concedido.
La Sala no considera censurable la actuación de la Caja desde el punto de vista de la efectividad de los derechos del trabajador y por el contrario considera que se encaminó a garantizarlos, en el sentido de facilitar la transición sin inconvenientes del trabajador asalariado a la población pensionada.
Teniendo en cuenta las circunstancias particulares de la relación laboral existente entre el demandante y CAJANAL, se ordena la suspensión de los efectos de la orden judicial que autorizó el levantamiento del fuero sindical, hasta tanto el actor complete los requisitos para pensionarse y se incluya en la nómina de pensionados ó, se finalice o sea inminente la finalización del proceso de liquidación de la empresa y sea indispensable terminar la relación laboral existente.
Igualmente se advierte, que durante el tiempo que la suspensión del levantamiento del fuero sindical se encuentre vigente, el empleador deberá abstenerse de tomar determinaciones encaminadas a desatender los permisos sindicales que se encontraban vigentes y que cobijaban al actor, ó, a imponer eventuales sanciones por inasistencias en fechas en las que se acredite la existencia de un permiso sindical válido.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la Sentencia dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota - Sala de Decision Penal, del 22 de septiembre de 2010, por medio de la cual se amparo el derecho al debido proceso del senor Jaime Hernan Suarez Torres y se ordeno el cumplimiento del fallo proferido por el Juzgado 22 Laboral del Circuito, del 26 de enero de 2010 y confirmado por el Tribunal Superior de Bogota - Sala Laboral el 11 de junio de 2010, y, en su lugar, CONCEDER la tutela de su derecho fundamental a la asociacion sindical.
- Segundo. SUSPENDER los efectos del levantamiento del fuero sindical y la autorizacion judicial para la desvinculacion del senor Jaime Hernan Suarez Torres, dada el 26 de enero de 2010 por el Juzgado 22 Laboral del Circuito Laboral de Bogota y confirmada el 11 de Junio de 2010 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota - Sala Laboral, hasta tanto no se verifique el cumplimiento de alguno de dos requisitos: (i) que Jaime Hernan Suarez Torres complete los requerimientos para pensionarse y sea incluido en la nomina como pensionado del Seguro Social, o (ii) finalice o sea inminente la finalizacion del proceso de liquidacion de la entidad y sea indispensable terminar la relacion laboral entre Caja Nacional de Prevision Social - Cajanal EICE En liquidacion y Jaime Hernan Suarez Torres.
- Tercero. ADVERTIR que durante el tiempo en que la medida de levantamiento del fuero sindical se encontrare suspendida, el empleador debera abstenerse de tomar determinaciones encaminadas a desatender los permisos sindicales que se encontraren vigentes y que cobijaren al senor Jaime Hernan Suarez Torres, asi como de imponer eventuales sanciones por inasistencias en fechas en las que se acredite la existencia de un permiso sindical valido y no hubieren sido negados por Caja Nacional de Prevision Social - Cajanal EICE En liquidacion mediando una justa causa motivada, amparada en los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad
- Cuarto. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.