T-422 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Francisco Luis Hernandez Herrera En Representacion De Luis Fernando Castrillon Herrera·Respondent Banco Bbva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber de la entidad financiera con la cual se celebró el convenio de autorizar el pago a un tercero autorizado por el beneficiario
- Agilización de pago de mesadas
- Medidas tendientes a mejorar la condiciones de vida
- Afectación de derechos por negación o interrupción cuando el accionante validamente autorizó a un tercero su cobro
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derechos al minimo vital y seguridad social de persona con incapacidad cuyo hermano solicita la entrega mensual del monto que corresponde a la pension de la que este es titular.
Procedencia excepcional de la tutela para lograr el pago de acreencias o prestaciones laborales cuando constituyan el unico medio para satisfacer las necesidades del petente y su familia.
Afectacion de derechos por la negacion o interrupcion del pago de una pension cuando el accionante autorizo debidamente su cobro a un tercero.
La entidad accionada nego la solicitud del actor porque, inicialmente, la persona designada para eegectuar el cobro, era el padre del pensionado.
Sin embargo, al expediente se allego prueba de la autorizacion que el pensionado concedio a su hermano desde el año 2007 para estos efectos.
Este documento cuenta con la respectiva presentacion personal y el certificado de supervivencia, por lo cual, se estiman cumplidos a cabalidad los requisitos para la designacion de un tercero.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de octubre 10 de 2007, proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Rionegro, por medio del cual fue confirmado el dictado por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente en julio 17 del mismo ano, el cual denego la accion de tutela incoada por el senor Francisco Luis Hernandez Herrera, como agente oficioso de Luis Fernando Castrillon Herrera, contra el Banco BBVA. En su lugar, CONCEDESE la proteccion de los derechos a la seguridad social y al minimo vital, en conexidad con la vida digna.
- Segundo. En consecuencia, ORDENASE al representante legal de la Fiduciaria La Previsora S.A., o quien haga sus veces, que dentro del termino de cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de la presente sentencia, desembolse el total de las mesadas pensionales que desde mayo de 2007 a la fecha de esa actuacion procesal se adeuden al senor Luis Fernando Castrillon Herrera, ante la entidad financiera que tenga sucursal o agencia en la localidad donde se efectua regularmente el pago, las cuales deberan ser pagadas a la persona que el pensionado designe, segun lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. ORDENAR al Personero Municipal de San Vicente, disponer las medidas necesarias para determinar la situacion del actor, promover su bienestar fisico y mental, brindar asistencia a sus familiares para hacer efectivo el cumplimiento de esta decision, cuya copia le sera enviara, y la obtencion de las mesadas pensionales que en adelante se causen, asi como el seguimiento requerido para que esos dineros sean destinados a satisfacer las necesidades del pensionado. Ademas, debera asesorar a sus familiares y asistirlos durante el eventual proceso de interdiccion por demencia que, de ser necesario, deba iniciarse para declarar su incapacidad y la respectiva designacion de un curador.
- Adicionalmente, se oficiara al Alcalde Municipal de San Vicente, para que por medio de un representante vigile el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia, cuya copia se le enviara, en orden a que sea apropiadamente acatada y adelante el seguimiento hasta la plena efectividad de lo ordenado a favor de Luis Fernando Castrillon Herrera, ademas de realizar lo que este a su alcance, en el ambito de sus respectivas funciones, para que el sea incluido en programas de atencion a discapacitados.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.