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Tutela ruling (T)May 25, 2012

T-389 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Saul Rojas Silva·Respondent Saludcoop E.P.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela De Menor De Edad Contra Eps
  • Suministro de medicamentos prescritos por médico tratante
Principio De Oficiosidad
  • Interpretación extensiva del juez de tutela
Derecho A La Vida, Salud Y Seguridad Social
  • Servicio de transporte a menor de edad y acompañante para realización de tratamiento de prepucio hasta tanto profesionales médicos lo asistan en su lugar de residencia
Entidad Prestadora De Servicios De Salud
  • Deber de desplegar alternativas viables a sus asociados para su acceso
Derecho A La Salud De Niños Y Niñas
  • Fundamental y prevalente
  • Reiteración de jurisprudencia
Principio De Solidaridad En Salud
  • Financiación de gastos de desplazamiento y hospedaje para facilitar acceso a servicios de salud que requiera y acompañante
8 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Salud, vida digna, seguridad social.

El accionante reside en el municipio de Cáqueza (Cundinamarca) y es el padre de un menor de edad a quien le diagnosticaron prepucio redundante, fimosis y parafimosis, razón por la cual le ordenaron una valoración por urología pediátrica y varios medicamentos.

Por no haber renovado SALUDCOOP E.P.S. el contrato con el Hospital San Rafael de ese municipio, el actor se ha visto obligado a desplazarse hasta la ciudad de Villavicencio para que le brinden la atención médica a su hijo, situación que le resulta insostenible pues es una persona de escasos recursos económicos.

La Sala considera que la E.P.S. accionada vulneró derechos fundamentales del menor representado, el cual por su condición de vulnerabilidad merece una especial protección.

En tal sentido CONCEDE el amparo solicitado y ordena a la demandada asumir los gastos de trasporte del menor y su acudiente a la ciudad de Villavicencio, hasta tanto cuente con los profesionales médicos necesarios para asistir la enfermedad del menor en su lugar de residencia.

De manera simultánea advierte a la E.P.S. que tiene la obligación de brindar al menor todos los medicamentos que sean ordenados por el médico tratante y abstenerse de imponer trabas administrativas que resulten en la afectación de los derechos de sus afiliados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 14 de diciembre de 2011, proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil Municipal de Villavicencio - Meta, mediante la cual se negó el amparo solicitado por Saúl Rojas Silva, y en su lugar CONCEDER la protección de los derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y a la seguridad social de su menor hijo Joan Stewart Rojas Moreno.
  3. Segundo. ORDENAR a Saludcoop EPS, Regional Caqueza que preste el servicio de transporte al menor Joan Stewart Rojas Moreno y a un acompañante, al lugar de realización de los métodos médicos necesarios para el tratamiento de prepucio redundante, fimosis y parafimosis, hasta tanto cuente con los profesionales médicos necesarios para asistir la enfermedad del menor, en su lugar de residencia, esto es Caqueza - Cundinamarca.
  4. Tercero. ADVERTIR a Saludcoop EPS, Regional Caqueza que tiene la obligación de brindar al menor Joan Stewart Rojas Moreno, todos los medicamentos que sean ordenados por su médico tratante, además, debe abstenerse de imponer trabas administrativas que resulten en la afectación de los derechos a la salud y la seguridad social de sus afiliados.
  5. Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.