T-347 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Flor Maria Mendez Rodríguez Vs. Clínica Metropolitana De Bucaramanga
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Hecho superado por práctica de cirugía
- Circunstancias en que éste asume la responsabilidad por mora en aportes en salud
- Fundamental por conexidad con la vida digna
- No puede afectarse por mora patronal en pago de aportes
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud de afiliada al regimen contributivo que por la mora de su empleador en el pago de sus aportes se le niega la practica de una cirugia vascular por obstrucción de venas menores ordenada por su medico tratante.
Solicita se ordene a su empleador asumir las obligaciones por su conducta negligente y cancele el valor de los aportes adeudados a la eps.
Las entidades promotoras de salud estan en todo momento obligadas a brindar la atención en salud a sus afiliados dependientes no obstante el incumplimiento o la mora patronal.
Carencia actual de objeto por la puesta a paz y salvo en el pago de los aportes para salud.
Carencia actual de objeto
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR por las razones expuestas en este Fallo, la Sentencia proferida el treinta y uno (31) de agosto de 2004 por el Juzgado Catorce Civil Municipal de Bucaramanga.
- Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, porque la Clinica Metropolitana de Bucaramanga se encuentra al dia en el pago de los aportes para seguridad social en nombre de la accionante.
- Tercero. ADVERTIR al Seguro Social EPS que es su deber prestar los servicios de salud requeridos por la senora Flor Maria Mendez Rodriguez, en la medida en que cuenta con los instrumentos para hacer efectivo el pago de los aportes, incluso el cobro coactivo y ademas, tiene el deber juridico de administrar eficientemente sus recursos.
- Cuarto. ADVERTIR a la Clinica Metropolitana de Bucaramanga que esta en el deber de efectuar oportunamente las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de la senora Flor Maria Mendez Rodriguez a traves del Seguro Social EPS, a fin de garantizarle la atencion en salud.
- Quinto. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.