T-322 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Eliecer Suescun Garcia·Respondent Electrificadora Del Caribe, Electricaribe S.A. E.S.P.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Respeto al debido proceso como garantía indispensable para la adopción de decisiones relacionadas con la suspensión o la continuidad en la prestación de los servicios
- Propietario, usuario y tenedor del inmueble
- Relación con valores, principios y derechos fundamentales de las personas residentes en Colombia
- Improcedencia por cuanto la falta de prestación de servicio público no guarda relación de conexidad con algún derecho fundamental y no existe perjuicio irremediable
- Alcance
- Finalidad
- Límites a la responsabilidad solidaria del propietario del inmueble
- Recuento jurisprudencial acerca de la ruptura entre el propietario y el usuario
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derechos al debido proceso e igualdad invocados por usuario de la empresa demandada a que le ha sido cobrada la suma de $5.850.900 por concepto de servicio de energia electrica , correspondiente a 74 facturas dejadas de pagar. <br>procedencia de la accion de tutela para solicitar la ruptura de la solidaridad entre el propietario y el usuario de los servicios publicos domiciliarios. <br>la corte advirtió que, de acuerdo con marcado jurisprudencia constitucional, el recurso de amparo resulta excepcionalmente conducente para proteger los derechos de los usuarios de servicios publicos de encontrarse en conexidad con derechos fundamentales o ante la falta de un mecanismo de defensa judicial idoneo para la conjuracion de un perjuicio irremediable.
En armonia con lo anterior, se ha afirmado que no siempre que se debata la ruptura de la solidaridad entre propietario y usuario se esta en presencia de un debate iusfundamental, pues debe demostrarse que fueron pretermitidas las formas propias del respectivo tramite. <br>la sala esclarecio, en el particular, que el actorle fue permitido el acceso al derecho de defensa, pero este se abstuvo de agotar la via gubernativa, aportar pruebas y controvertir las que le resultaren adversas.
Por tanto, no hubo tal violacion al debido proceso u otro derecho de raigambre fundamental. <br>negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela de la referencia y, en consecuencia CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de ese mismo Distrito Judicial el dieciocho (18) de noviembre de dos mil ocho (2008) por los motivos expuesto en esta sentencia.
- SEGUNDO. LIBRESE por secretaría cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.