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Tutela ruling (T)March 31, 2009

T-234 de 2009

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Clara Elena Reales Gutiérrez

✓Claimant Omar Rojas Ruiz·Respondent Accion Social

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Desplazado Y Derecho A Recibir Ayuda Humanitaria
  • Caso en que aparentemente fue suplantado para el cobro de ésta
Victimas De La Violencia Politica
  • El incumplimiento o los inconvenientes en la entrega de la ayuda humanitaria no pueden recaer sobre estas personas
3 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la vida en condiciones dignas en titularidad de desplazado a quien la accionada le ha negado la entrega de la ayuda humanitaria, según sostiene, porque alguien lo suplanto. <br>procedencia de la accion de tutela como mecanismo de proteccion de los derechos fundamentales de la poblacion desplazada.

La corte preciso que, pese a la exigencia de que el o la petente haya acudido a los mecanismo ordinarios para la defensa de sus derecho, en tratandose de personas en situacion de extrema exclusion y vulnerabilidad, dicho condicionamiento resulta desproporcionado. <br>precisamente, en el caso en cuestion, se trata de un padre cabeza de familia a quien no le han otorgado la ayuda humanitaria porque alguien mas la reclamo en su nombre. <br>el incumplimiento o los inconvenientes en la entrega de la ayuda humanitaria no puede recaer sobre las victimas del conflicto armado. <br>asi, en el caso estudiado se adujo que la entrega de la ayuda fue entregada a alguien que suplanto al actor, manifestación frente a la cual la accionada guardo silencio.

Por ello, no se puede afectar al actor por la inercia o morosidad de los organismos encargados de resolver el asunto. <br>se ordeno a la accionada adoptar las medidas necesarias para controvertir los hechos que dieron origen a la suplantacion de la identidad del actor y la disposicion de los recursos necesarios para la entrega de la respectiva asistencia humanitaria. <br>concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Treinta Civil del Circuito de Bogotá el 6 de noviembre de 2008, que negó por improcedente el amparo de los derechos invocados. En su lugar, CONCÉDASE la protección del derecho a la vida en condiciones dignas.
  2. Segundo. En consecuencia, ORDÉNASE a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, que dentro del término de ocho (8) días siguientes a la notificación de la presente providencia, adopte las medidas necesarias para que el señor Omar Rojas pueda controvertir dentro de un trámite administrativo interno y sumario, los hechos que dieron origen a la suplantación de identidad ocurrida al momento de recibir el dinero correspondiente a la ayuda humanitaria de emergencia y al mismo tiempo pueda allegar los documentos que posea o considere pertinentes para aclarar tal situación.
  3. Tercero. ORDÉNASE a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social - que dentro del término de ocho (8) días siguientes a la notificación de la presente providencia, disponga de los recursos que demanda la asistencia humanitaria a favor del señor Omar Rojas Ruíz y desembolse el valor correspondiente.
  4. Cuarto. ORDÉNASE a Acción Social incluirlos en el Programa para la Protección Diferencial de los Niños, Niñas y Adolescentes frente al Desplazamiento Forzado.11 Igualmente, se ordenará a esta entidad (a) que a sus respectivos padres, Omar Rojas Ruíz y Kelys Idaly Sambrano Moya, les sea suministrada una entrega completa de la ayuda humanitaria de emergencia en un término máximo de quince (15) días contados a partir de la comunicación de la presente providencia, independientemente de los elementos de tal ayuda humanitaria de emergencia que ya les hayan sido entregados en el pasado y, (b) que se les realicen, bajo la coordinación del Director de Acción Social y en un término máximo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de comunicación de la presente providencia, valoraciones expertas individuales en los ámbitos nutricional, de salud, educativo y psicosocial, y se adopten las medidas correspondientes a su situación individual en el sentido de proveer apoyo nutricional, garantizar el acceso a servicios de salud, garantizar el acceso a cupos educativos y asegurar su acceso a apoyo psicosocial, a través de la oferta institucional actualmente existente.
  5. Quinto. ORDÉNASE a Acción Social que implante los procedimientos necesarios para corregir las falencias que pueda padecer el programa de entrega de ayuda humanitaria de emergencia, con la finalidad de fortalecerlo y evitar que a futuro, se presenten situaciones como la que originó la acción de tutela de la referencia.
  6. Sexto. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.