JurídicoESEN
Tutela ruling (T)June 9, 2022

T-204 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Rafael Antonio Ospina Salazar·Respondent Secretaria De Movilidad De Medellin Y Otro

✓
Topic · hard data
Derecho Fundamental De Peticion
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho De Peticion
  • Respuesta dada al juez de tutela no es respuesta al peticionario
Accion De Tutela En Materia De Derecho De Peticion
  • Procedencia de manera directa por ser derecho fundamental de aplicación inmediata
Derecho De Petición
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor considera que las entidades demandadas vulneraron sus derechos fundamentales de petición, igualdad y debido proceso.

Ello, por cuanto no recibió una respuesta de fondo ante la solicitud de información sobre la ubicación actual de un vehículo de su propiedad, el cual, con motivo de un proceso ejecutivo ordinario y por virtud de una orden judicial, fue inmovilizado, aprehendido y llevado a un parqueadero en el territorio de su competencia, sino que le contestaron debía remitir el requerimiento a la autoridad de tránsito competente, esto es, la del municipio en donde el vehículo se hallaba matriculado.

El peticionario alego que necesita la información con el fin de responder a los diferentes cobros que, en detrimento de su patrimonio, le han sido generados como impuestos al ser el titular del derecho de dominio de dicho automotor.

Se reitera jurisprudencia sobre el derecho fundamental de petición y se concluye que la Secretaría de Movilidad de Medellín trasgredió esta garantía constitucional, por no encuadrarse bajo los parámetros de precisión, congruencia y consecuencia con que deben ser respondidas las peticiones ciudadanas.

Se AMPARA el derecho fundamental de petición del accionante y se ordena a la entidad contestarle la petición que le formuló, de conformidad con los parámetros constitucionales descritos en este fallo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 30 de septiembre de 2021 por el Juzgado 1º Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Medellín, mediante la cual confirmó la providencia dictada el 27 de agosto de 2021 por el Juzgado 17 Civil Municipal de Oralidad de Medellín, que negó la acción de tutela presentada por el ciudadano Rafael Antonio Ospina Salazar. En su lugar, AMPARAR el derecho fundamental de petición del accionante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Movilidad de Medellín que, en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a contestar de conformidad con los parámetros constitucionales descritos en la parte motiva de esta providencia la petición elevada el 18 de mayo de 2021 por el señor Ospina Salazar.
  3. TERCERO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Cópiese, comuníquese y cúmplase.
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.