T-136 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Roberto En Nombre Propio, Y En Representación De Su Madre Mariana·Respondent Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario (Inpec)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concede amparo para traslado laboral de servidor público, cuidador de persona de la tercera edad
- Manifestación del poder de subordinación que ejerce empleador sobre empleados que se concreta en la facultad de variar las condiciones en que se realiza la prestación personal del servicio
- Ejercicio por el patrono dentro de un marco de razonabilidad sometido al cumplimiento de condiciones
- Traslado acorde a las necesidades del servicio
- Respeto a los derechos del trabajador
- Responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia
- Proscripción en la Constitución y en el bloque de constitucionalidad
- En virtud del principio de solidaridad, deben concurrir en la protección y asistencia de las personas de la tercera edad, promoviendo su integración a la vida activa y comunitaria
- Protección y asistencia especial de la familia y el Estado en desarrollo del principio de solidaridad
- Procedencia excepcional cuando afecta derechos fundamentales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante presentó la acción de tutela en nombre propio y en representación de su madre, quien es una mujer mayor de edad diagnosticada con múltiples patologías.
La vulneración de derechos por parte del INPEC se atribuye a la negativa de traslado laboral del peticionario a un establecimiento próximo a la residencia de su progenitora, con el objeto de poder contribuir, junto con su hermano, con las tareas de cuidado, las cuales deben ser permanentes para evitar mayores deterioros en el estado de salud.
Se verifica el cumplimiento de los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela y se reiteran las reglas jurisprudenciales relativas a: i) el derecho fundamental al principio de solidaridad en el cuidado de los adultos mayores y las personas en condición de vulnerabilidad; ii) la distribución de las labores de cuidado dentro del hogar y; iii) el ius variandi, como facultad que tienen los empleadores para modificar las condiciones laborales de sus trabajadores.
La Corte CONCEDIÓ el amparo invocado en razón a que la decisión que negó el traslado pretendido por el peticionario obstaculiza las labores de cuidado que requiere un sujeto de especial protección constitucional.
La Sala estimó que, en virtud del principio de solidaridad, es necesario que la carga de cuidado sea asumida de manera conjunta entre los dos hermanos para no imponerle a uno de ellos una carga desproporcionada que, además, pueda afectar sus derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (12 points)
- Primero. ORDENAR que la Secretaría General de la Corte adopte las medidas que conduzcan a garantizar la estricta reserva de la identidad de las personas e instituciones involucradas en el asunto de la referencia. Para ello, deberá aplicar las reglas de anonimización dispuestas en la parte considerativa de esta providencia74 y sustituir, en el sistema de control de términos del proceso, el nombre de los sujetos y autoridades involucradas en el presente trámite. Vale aclarar que esta misma reserva aplica para la totalidad de las actuaciones que se surtan al interior del presente trámite de tutela.
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado de Instancia el 16 de octubre de 2022, que declaró la improcedencia del amparo solicitado y, en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales al trabajo y a la unidad familiar del ciudadano Roberto, así como los derechos a la salud, a la vida en condiciones dignas y los derechos de las personas de la tercera edad de su madre, la señora Mariana.
- Tercero. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) que, en el término de un (1) mes calendario contado a partir la notificación del presente fallo, adelante los trámites administrativos correspondientes para permitir la reubicación del señor Roberto en uno de los centros de reclusión existentes en las inmediaciones del municipio de Palmira (Valle del Cauca).
- Cuarto. Por intermedio de la Secretaría General, LIBRAR las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
- Notifíquese, publíquese y cúmplase
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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