T-1266 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Diana Marcela Cadena Hernandez Y Otras·Respondent Comision Nacional De Servicio Civil
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia al no probarse la necesidad del requisito de la estatura o la ingerencia de la escoliosis para el cargo de dragoneante del INPEC
- Condiciones para que proceda excepcionalmente contra actos administrativos
- Línea jurisprudencial relacionada con la estatura como criterio de selección de personal para acceder a un cargo público
- Criterios de selección de personal para acceder a un cargo público
- Requisito de estatura mínima en convocatoria para proveer cargos es razonable y proporcional
- Facultad de las entidades públicas y privadas para establecer requisitos de ingreso, siempre que sean razonables, no impliquen discriminaciones injustificadas entre las personas y sean proporcionales
- Requisitos generales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la igualdad, debido proceso, trabajo y acceso a cargos publicos de aspirantes dentro de la convocatoria 02 de 2006 para seleccion de candidatos y candidatas al grado de dragoneantes del cuerpo de custodia y vigilancia de la entidad accionada, que fueron excluidas de dicho proceso por no satisfacer las condiciones de aptitud medica o estatura maxima. <br>procedencia de la tutela contra actos administrativos. <br>el derecho a la igualdad frente a la estatura como criterio de seleccion para acceder a un cargo publico; Y razonabilidad de los requisitos para el cargo de dragoneantes del cuerpo de custodia y vigilancia del inpec.
En sintesis, la aplicacion de ese como criterio previamente establecido no puede ser calificada como una conducta arbitraria o irrazonable, pues se erige en consideracion de la naturaleza del cargo que se va a desempeñar. <br>ademas, se reconocio la existencia e idoneidad de otros medios de defensa judicial para el caso de que se trata, a saber, las acciones de nulidad y reestablecimiento del derecho o la de simple nulidad. <br>la sala encontro acreditada la violacion del derecho a la igualdad de la accionantes en vista de que la medida exigida en la convocatoria supera en dos centimetros la medida nacional para reclama para el efecto a las personas de sexo femenino. <br>se ordeno a la accionante, por ende, admitir a las accionantes en el proceso de seleccion a las demandantes. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension de los terminos decretada en los procesos de la referencia.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota, Sala de Decision Civil de 8 de noviembre de 2007 (2 instancia) revocatoria del fallo del Juzgado 31 Civil de! Circuito de Bogota de 19 de septiembre de 2004 (1 instancia) (T-1.785.510); y REVOCAR las sentencias de la Seccion Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado de 8 de noviembre de 2007 (2 instancia) confirmatoria de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Sucre de 11 de septiembre de 2007 (1 instancia) (T- 1.820.795); y del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota, Sala Penal de 20 de noviembre de 2007 (2 instancia) confirmatoria del fallo del Juzgado 11 Penal del Circuito de Bogota de 21 de septiembre de 2007 (1 instancia)(T- 1.823.304).
- Tercero. Ordenar a las accionadas que, si aun no lo han hecho, admitan en el proceso de seleccion a las demandantes y que si aprueban las diferentes pruebas establecidas en el mismo o ya las han aprobado, se busquen las tareas que puedan desarrollar y se incluyan en la lista de elegibles.
- Cuarto. PREVENIR al representante legal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para que en el futuro, se abstenga de aplicar reglamentos concursales o proferir decisiones que, fundadas en complexion y estatura, puedan vulnerar el derecho a la igualdad.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.