T-1171 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Alfonso Luis Gutiérrez Jiménez·Respondent Saludcoop Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber de suministrar los servicios médicos o medicamentos, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado
- Desorden y descuido administrativo no justifica la no resolución de la solicitud pensional
- Es requisito que el medicamento esté prescrito por médico tratante adscrito a la entidad encargada de garantizar la prestación del servicio
- Vulneración por negativa de EPS de suministrar medicamento que se requiere con necesidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y vida de afiliado a la empresa accionada quien padece un cuadro de síndrome prostático, razón por la cual, le fue prescrito el medicamento tamsulosina clorhidrato cap:lib prog.
X 0.4 mg cuya autorización fue negada por ésta por su exclusión del pos. <br>violación del derecho a la salud ante la negativa de las empresas promotoras de salud de suminstrar prestaciones médicas que se requieren con necesidad.
Reiteración jurisprudencial.
Se recordó que, frente a este negativa, el reembolso al que tienen derechos estas empresas debe hacerse en un 50% del costo total del producto o servicio. <br>advertida la urgencia en relación con la recepción del servicio en cuestión, se ordenó a la accionada, proporcionarlo de forma inmediata. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la decisión proferida por el Juzgado Catorce Civil Municipal de Barranquilla, que resolvió la acción de tutela promovida por Alfonso Luis Gutiérrez Jiménez en contra de SALUDCOOP EPS, por los motivos expuestos en esta providencia, y en su lugar, CONCEDER la acción de tutela y el amparo demandado para proteger el derecho fundamental a la salud del accionante.
- Segundo. ORDENAR a SALUDCOOP EPS, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación personal del presente fallo, autorice el suministro del medicamento TAMSULOSINA CLORHIDRATO CAP: LIB PROG. X 0.4 MG al señor Alfonso Luis Gutiérrez Jiménez dispuesto por su médico tratante, así como todos aquellos tratamientos y medicamentos que llegare a necesitar como consecuencia del síndrome prostático que padece.
- Tercero. ADVERTIR a SALUDCOOP EPS que podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) por los gastos en que incurra en el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia y que no estén cubiertos por el POS, observando para tal fin lo decidido en la sentencia C-463 de 2008.
- Cuarto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.