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Tutela ruling (T)November 4, 2005

T-1133 de 2005

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant Yanet Marina Suavita Carrascal Vs. Corte Suprema De Justicia Sala Laboral

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales Por Via De Hecho
  • Procedencia excepcional
  • Sala de Casación Laboral desconoció la resolución del Ministerio de Trabajo sobre despido colectivo en la Previsora S.A
Derecho De Asociación Sindical
  • Accionante no acreditó pertenecer activamente al sindicato
  • Desconocimiento por despido colectivo de trabajadores
  • Fundamental
Trabajador Oficial
  • No requiere autorización del Ministerio de Protección Social para realizar despidos masivos
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Sentencia de la Sala de Casación Laboral constituye vía de hecho por desconocer el articulo 67 de la ley 50 de 1999
Debido Proceso
  • Aplicación extensiva de la sentencia SU.998/00
5 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al debido proceso la igualdad y al libre acceso a la administración de justicia de extrabajadora de la previsora s.a.

A quien la entidad le dio por terminado unilateralmente el contrato de trabajo junto con otros trabajadores en su mayoria afiliados a sintraprevi por la decisión de la corporación de casar la sentencia del tribunal superior de bogota y confirmar la sentencia de primer grado que absolvió a la demandada de las pretensiones de la demanda.

Procedencia excepcional de la acción de tutela contra acciones u omisiones judiciales.

La corte ha indicado que en lugar de descartar de manera absoluta la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales debe verificarse en cada caso concreto si ella es procedente observando si reúne los estrictos requisitos precisados por la jurisprudencia de la corte constitucional.

La situación de la actora frente a la sentencia su-998 de 2000.

La demandante afirma que ella estaba afiliada a sintraprevi.

Sin embargo no existe dentro del proceso prueba de ello.

Además la organización sindical no la incluyó dentro del listado de sus afiliados que habían sido despedidos.

En consecuencia dado que en aras de la protección del derecho a la asociación sindical y de la libertad sindical la sentencia su-998 de 2000 se concentró en el punto de los trabajadores sindicalizados que habían sido despedidos no es posible extender a la actora los efectos de la anotada sentencia.

La interpretación que realiza la sala de casación laboral de la corte suprema de justicia acerca de que en el caso de los empleados oficiales no se requiere la autorización del ministerio de la protección social para proceder a despedir a un amplio número de ellos es razonable y no puede ser tachada de arbitraria o caprichosa para ser desvirtuada como una "vía de hecho".

Negada

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos decretada mediante el auto del 18 de mayo de 2005.
  2. Segundo. CONFIRMAR el fallo de tutela dictado, el 17 de noviembre de 2004, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que resolvio denegar el amparo impetrado por Yanet Marina Suavita Carrascal contra la sentencia dictada, el 25 de febrero de 2004, por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso instaurado por ella contra La Previsora S.A. Compania de Seguros.
  3. Tercero. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, la Secretaria de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991, para los fines alli establecidos.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
DissentJaime Araujo RenteríaDissentClara Ines Vargas Hernandez
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.