T-1131 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Jaime Orlando Vasquez Ortiz Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Casos en que procede pago de transporte para acompañante
- En caso de trasplante simultáneo se da orden a Comité Interdisciplinario
- Trasplante simultáneo de riñón y corazón
- Fundamental por conexidad con la vida
- Criterios que deben ser considerados
- Información médica
- Trasplante simultáneo
- No es competente para ordenar tratamientos médicos
- Decreto 5261 de 1994 contempla trasplantes
- Trasplante simultáneo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Medellín, y en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales a la salud y a la vida del señor Jaime Orlando Vásquez Ortíz de acuerdo con los considerandos de esta sentencia.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, convoque a un comité interdisciplinario, con la participación del médico nefrólogo y el médico cardiólogo tratantes del señor Vásquez Ortíz, así como de los demás especialistas que según los protocolos existentes para trasplantes deban conceptuar sobre el mismo, con el objeto de evaluar la situación del actor y proferir la recomendación correspondiente sobre la viabilidad del trasplante simultáneo de corazón-riñón, tal como se expuso en la parte motiva de esta sentencia. Lo decidido por este comité debe ser notificado personalmente al señor Vásquez Ortíz.
- El concepto de este comité debe proferirse en un término no mayor de treinta (30) días.
- En el evento en que el Comité recomiende el procedimiento, queda en manos del accionante, en ejercicio de su autonomía, otorgar el consentimiento informado para que se realice la intervención de corazón- riñón, para tal efecto debe ser asistido por los profesionales de la salud, quienes evaluaran su aptitud mental para dar el consentimiento. De no contarse con tal consentimiento la intervención no podrá llevarse a cabo.
- Tercero. De ser aceptado el trasplante por parte del ciudadano Jaime Orlando Vásquez Ortiz, el Instituto de Seguros Sociales deberá autorizar y disponer de todos los medios a su alcance para la realización de la intervención de corazón- riñón en el término improrrogable de 4 (cuatro) días calendario. Si dicha intervención debe efectuarse en una ciudad diferente a Medellín, el Instituto de Seguros Sociales le deberá proporcionar al demandante y a un acompañante los medios para desplazarse a la ciudad indicada por esa entidad.
- Cuarto. SEÑALAR que al Instituto de Seguros Sociales le asiste el derecho de repetir lo que pague en cumplimiento de este fallo por concepto de transporte del demandante y un acompañante ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga).
- Quinto. Para dar cumplimiento a lo señalado en el numeral anterior, el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), dispone de un término de seis (6) meses contados a partir de la presentación y formalización de las cuentas respectivas.
- Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.