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Tutela ruling (T)March 12, 2019

T-104 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Maricela Valdes Daza·Respondent Ministerio De Vivienda Y Otros

✓
Topic · hard data
Regimen De Subsidio Prestacional De Vivienda Para La Fuerza Publica.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Debido Proceso Administrativo
  • Definición
  • Instar a Fonvivienda, al Ministerio de Vivienda y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, que informen a la accionante sobre requisitos para acceder a subsidios de vivienda
  • Orden a la Dirección de Bienestar Sectorial y a la Dirección de Familia y Asistencia Social dirigir y acompañar a accionante en la postulación a subsidios de vivienda a través de Fonvivienda
  • Vulneración
Subsidio De Vivienda Para Los Miembros De La Fuerza Publica
  • Vulneración al debido proceso administrativo por no suministrar información sobre las opciones de postulación a subsidio de vivienda rural para miembros de la Fuerza Pública
Caja Promotora De Vivienda Militar Y De Policia
  • Programa de vivienda tiene naturaleza prestacional
7 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la decisión de no permitir la postulación, para obtener un subsidio de vivienda, a un soldado retirado con una calificación de pérdida de capacidad laboral del 100%, generada por la herida que sufrió en combate al activarse un campo minado.

Se aborda temática relacionada con: 1º.

El derecho fundamental al debido proceso administrativo. 2º.

El régimen general del subsidio de vivienda y, 3º.

El régimen del subsidio de vivienda prestacional para la Fuerza Pública.

Se CONCEDE la protección del derecho fundamental al debido proceso administrativo y se ordena a las accionadas disponer de un funcionario que dirija al peticionario, a través de su representante, en las opciones de postulación a subsidios de vivienda y los acompañe en los trámites que deben surtir antes ellas, así como en la acreditación de los requisitos mínimos que se le impongan, si los ha de cumplir, para iniciar dicha postulación y priorizar la misma.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 16 de julio de 2018 por el Juzgado Veintisiete Civil del Circuito de Bogotá mediante la cual "negó" por improcedente la acción de tutela presentada por la señora Maricela Valdés Daza en representación de su hermano Meregildo Valdés Daza y, en su lugar, CONCEDER la protección del derecho fundamental al debido proceso administrativo respecto de las actuaciones realizadas por la Dirección de Bienestar Sectorial y Salud del Ministerio de Defensa Nacional y la Dirección de Familia y Asistencia Social del Ejército Nacional, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Dirección de Bienestar Sectorial y Salud del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección de Familia y Asistencia Social del Ejército Nacional que en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, disponga de un funcionario que dirija a la señora Maricela Valdés Daza en representación de su hermano Meregildo Valdés Daza en las opciones de postulación a subsidios de vivienda de su entidad y del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, y los acompañe en los trámites que se deban surtir ante estas entidades, así como en la acreditación de los requisitos mínimos que se le impongan, si los ha de cumplir, para iniciar dicha postulación. De esa forma, una vez la parte accionante tenga la documentación necesaria, priorice su postulación efectiva.
  3. Tercero. INSTAR al Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social para que, en el uso de sus competencias en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, informé a la señora Maricela Valdés Daza a cuales subsidios de vivienda podría acceder y los requisitos que debería cumplir para tal fin, indicando documentación requerida, plazos para su presentación, características del subsidio y toda la información necesaria, bien sean del régimen general o del régimen especial de la Fuerza Pública, con el acompañamiento que corresponda, en aras de garantizar la eficacia de los derechos fundamentales del señor Meregildo Valdés Daza y con el fin de evitarle el trámite de una nueva solicitud de información ante estas entidades.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 19cited by 5 →T-104/19T-531/02 — Derecho Al Debido Proceso. Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho. Pago De Mesadas Insolutas. Legitimacion Por Activa. Agencia · cited 465 timesT-531/022002C-980/10 — Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad · cited 198 timesC-980/102010C-293/10 — Control De Constitucionalidad De La Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad · cited 163 timesC-293/102010C-077/17 — Zonas De Interés De Desarrollo Rural, Económico Y Social, Zidres. · cited 87 timesC-077/172017C-029/95 — Dec. 1400/70. Art. 4. C.C. Interpretacion De Las Normas Procesales. Exequible. · cited 60 timesC-029/951995T-429/94 — Injustificada Negativa Del Certificado De "no Objecion" De La Visa. Tutela Transitoria. Concedida. · cited 54 timesT-429/941994T-669/16 — Derecho A La Vivienda Digna. Obligaciones De Las Autoridades Locales Ante Riesgos De Desastres. · cited 29 timesT-669/162016T-039/17 — Pension De Jubilacion. Inoponibilidad Administrativa En Pensiones. · cited 27 timesT-039/172017T-220/21 — Inscripcion En El Registro Unico De Victimas · cited 15 timesT-220/212021T-165/21 — Accion De Tutela Transitoria En Materia De Sustitucion Pensional-Orden A Ugpp Reconocer Sustitución Pensional Hasta Que La Corte Suprema Res · cited 6 timesT-165/212021T-009/21 — Derecho A Subsidio De Vivienda Para La Poblacion Desplazada Y Obligacion De Las Entidades Estatales De Actuar Con Especial Diligencia Y Cele · cited 6 timesT-009/212021T-234/22 — Derecho A Debido Proceso Administrativo En La Sustitución Pensional De Compañera Permanente-Orden A Ugpp De Completar La Investigación De Se · cited 5 timesT-234/222022T-446/23 — Debido Proceso Administrativo En Inscripción En El Registro Único De Víctimas Y Concepto De Víctima Del Conflicto Armado-Falta De Motivación · cited 2 timesT-446/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.