T-1024 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Juan Manuel Vega Leon Y La Asociacion Colombiana De Aviadores Civiles - Acdac- Vs. Sala Laboral Del Tribunal Superior De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Evolución jurisprudencial
- Despido de piloto de Aerorepública amparado con fuero sindical
- Designación de miembros de comisión estatutaria de reclamos cuando en una empresa existe más de un sindicato
- El Tribunal no resolvió la duda en forma favorable al trabajador en aplicación del artículo 53 de la CP
- Conexidad
- El actor fue debidamente amparado con el fuero sindical por ACDAC
- Facultades para determinar a que afiliados protege a través del fuero sindical
- El Tribunal no valoró la prueba de la notificación del despido del actor
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso en conexidad con el derecho de asociacion sindical de piloto que fue desvinculado unilateralmente por parte de aerorepublica s.a.
Pese a gozar de fuero sindical como quiera que hacia parte del comité de reclamaciones de la asociacion colombiana de aviadores civiles -acdac-.
Frente a lo anterior el actor interpuso una accion de reintegro la cual en segunda instancia fue fallada desfavorablemente.solicita el reintegro.la necesidad de pronunciarse sobre la sentencia que avalo el despido del actor.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
La designacion de los miembros de la comision estatutaria de reclamos cuando en una empresa hay mas de un sindicato.
La sentencia del tribunal superior de bogota incurrio en una via de hecho por defecto factico y en una via de hecho por defecto sustantivo.la corte considera que el operador juridico que conocio del caso concreto en segunda instancia incurrio en dos defectos a saber: El primero de ellos alude al error de tipo sustantivo por cuanto la autoridad judicial no tuvo en cuenta los principios minimos en materia laboral favorables al trabajador.
En segundo lugar se plantea un error de tipo factico cual es la omision del analisis de pruebas consideradas como pertinentes y determinantes para definir el sentido del fallo.concedida.
Se ordena dejar sin efecto la sentencia dictada por el tribunal superior de bogota dentro del proceso laboral instaurado contra aerorepublica s.a.
El tribunal debera dictar una nueva sentencia en armonia con lo establecido en la presente providencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada dentro del presente proceso.
- Segundo. REVOCAR la sentencia de tutela proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, el dia 12 de abril de 2007, que confirmo la sentencia de la Sala de Casacion Laboral que denego la tutela impetrada por Juan Manuel Vega Leon y la Asociacion Colombiana de Aviadores Civiles - ACDAC - contra la providencia dictada el dia 30 de noviembre de 2006, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota. En su lugar, se CONCEDE el amparo impetrado para proteger el derecho al debido proceso en conexidad con el derecho de asociacion sindical.
- Tercero. DEJAR SIN EFECTO la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bogota el dia 30 de noviembre de 2006, dentro del proceso laboral instaurado por Juan Manuel Vega Leon contra AEROREPUBLICA S.A. El Tribunal debera dictar una nueva sentencia, en armonia con lo establecido en la presente providencia.
- Cuarto. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que envie de vuelta al Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Bogota el expediente del proceso especial de reintegro (fuero sindical) que fuera entablado por Juan Manuel Vega Leon contra AEROREPUBLICA S.A.
- Quinto. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Sexto. Librese por la Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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