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Tutela ruling (T)December 9, 1999

T-1008 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo

✓Claimant Alicia Forigua Farfan

✓
Topic · hard data
Empleada Del Servicio Domestico. Tutela Contra Particulares Persona De La Tercera Edad. Derecho A La Pension De Jubilacion Debe Pagarse Por El Patrono Si No Ha Efectuado La Afiliacion Prevista En La Ley. Concedida
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Transitoria Para Exempleada Del Servicio Domestico
  • Pago de suma equivalente al salario mínimo y afiliación al POS
Derecho A La Seguridad Social
  • Fundamental por conexidad
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Conciliacion Laboral
  • Improcedencia sobre derecho pensional
  • Improcedencia sobre derechos ciertos e indiscutibles
Indefension
  • Empleada de servicio doméstico respecto de antigüo empleador
Trabajo Doméstico
  • Afiliación al régimen de pensiones
11 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, Sala Laboral, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Alicia Forigua Farfan contra Maximiliano Llorente y Yolanda Gómez de Llorente y, en consecuencia, proteger los derechos a la dignidad y a la seguridad social de la demandante.
  2. Segundo. ORDENAR a Maximiliano Llorente y Yolanda Gómez de Llorente cancelar a la accionante a partir de este fallo, dentro de los 5 primeros días de cada mes, una suma equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente. Dicho pago deberá realizarse en la cuenta de depósitos judiciales del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, el cual habrá de velar por el estricto cumplimiento de lo aquí decidido. Estos pagos tendrán lugar y serán exigibles por la actora hasta tanto la justicia ordinaria decida acerca de sus derechos laborales. Por su parte, la accionante deberá presentar la demanda correspondiente dentro de los cuatro meses contados a partir de la notificación de esta Sentencia.
  3. Tercero. ORDENAR a los demandados mantener afiliada a Alicia Forigua a una EPS para la atención de salud que requiera, en los términos de esta providencia. La protección que se otorga en este aspecto es definitiva y permanente.
  4. Cuarto. El incumplimiento de lo aquí ordenado dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Quinto. El Defensor del Pueblo prestará a la demandante la asistencia jurídica que requiera para el proceso laboral ordinario del que se trata, para lo cual se ordena remitirle copia del presente Fallo.
  6. Sexto. LIBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.