T-1008 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Alicia Forigua Farfan
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Pago de suma equivalente al salario mínimo y afiliación al POS
- Pago de mesadas pensionales
- Fundamental por conexidad
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Se tienen por no escritas
- Improcedencia sobre derecho pensional
- Improcedencia sobre derechos ciertos e indiscutibles
- Pago de prestaciones laborales
- Empleada de servicio doméstico respecto de antigüo empleador
- Afiliación al régimen de pensiones
- Diferencias
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, Sala Laboral, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Alicia Forigua Farfan contra Maximiliano Llorente y Yolanda Gómez de Llorente y, en consecuencia, proteger los derechos a la dignidad y a la seguridad social de la demandante.
- Segundo. ORDENAR a Maximiliano Llorente y Yolanda Gómez de Llorente cancelar a la accionante a partir de este fallo, dentro de los 5 primeros días de cada mes, una suma equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente. Dicho pago deberá realizarse en la cuenta de depósitos judiciales del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, el cual habrá de velar por el estricto cumplimiento de lo aquí decidido. Estos pagos tendrán lugar y serán exigibles por la actora hasta tanto la justicia ordinaria decida acerca de sus derechos laborales. Por su parte, la accionante deberá presentar la demanda correspondiente dentro de los cuatro meses contados a partir de la notificación de esta Sentencia.
- Tercero. ORDENAR a los demandados mantener afiliada a Alicia Forigua a una EPS para la atención de salud que requiera, en los términos de esta providencia. La protección que se otorga en este aspecto es definitiva y permanente.
- Cuarto. El incumplimiento de lo aquí ordenado dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. El Defensor del Pueblo prestará a la demandante la asistencia jurídica que requiera para el proceso laboral ordinario del que se trata, para lo cual se ordena remitirle copia del presente Fallo.
- Sexto. LIBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.