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Tutela ruling (T)September 20, 2001

T-1005 de 2001

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant Ricaurte Buendia Pineda Vs. Universidad Del Valle Y Otros·Respondent Sin Información

✓
Topic · hard data
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Deficit Presupuestal. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
  • Pago de mesadas atrasadas
  • Pago de mesadas atrasadas y futuras
Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. CONCEDER la protección solicitada por Ricaurte Buendía Pineda y, en consecuencia ORDENAR al Rector de la UNIVERSIDAD DEL VALLE que en el término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, proceda cancelar las mesadas pensionales adeudadas, presentes y futuras al demandante, señor Ricaurte Buendía Pineda, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. En caso contrario, dentro del mismo tiempo, deberá agotar las acciones que le permitan cumplir con lo ordenado.
  3. Para tal efecto, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así como la administración Departamental del Valle del Cauca, deberán, si ya no lo hubieren hecho, proceder a realizar las transferencias de recursos que son de su responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a tres (3) meses siempre y cuando exista la disponibilidad presupuestal para ello. Si no la hubiere, deberán adelantar las gestiones pertinentes para obtener las disponibilidades presupuestales necesarios para dicho pago, además de continuar las acciones y políticas dirigidas a resolver los problemas estructurales de la Universidad del Valle, para permitirle a esa Institución obtener los recursos que le posibiliten cumplir con sus obligaciones pensionales.
  4. El Rector de la Universidad del Valle responderá personalmente por el cumplimiento exacto y oportuno de este fallo, bajo el apremio de las sanciones previstas por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.