T-083 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Pablo Julio Vanegas Rodriguez Vs. Caja Popular Cooperativa En Liquidacion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia
- Prestación de servicio público
- Congelación transitoria de recursos por crítica situación financiera
- Intervención por Gobierno Nacional debido a crítica situación financiera
- Congelación transitoria de recursos de institución financiera
- Congelación transitoria de recursos de institución financiera que afecta la vida
- Reintegro sumas de dinero depositadas en certificado a término en cooperativa intervenida
- Congelación transitoria de recursos de institución financiera que afecta derechos fundamentales de personas de la tercera edad
- Presupuestos que permiten establecerlo en el caso de personas de la tercera edad que no pueden retirar sus recursos de entidad financiera intervenida
- Cooperativa organizada como institución financiera que presta un servicio público
- Escasez de recursos
- Incumplimiento de obligación contractual por Cooperativa
- Trato constitucional preferente
- Manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Tunja, Sala Civil-Familia y por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, al resolver sobre la accion de tutela instaurada por Pablo Julio Vanegas Rodriguez contra la Caja Popular Cooperativa. En su lugar, se ampararan los derechos a la salud y a la vida del demandante.
- Segundo. ORDENAR al Gerente Liquidador de la CAJA POPULAR COOPERATIVA, que en el termino perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificacion de la presente providencia, le reintegre al senor Pablo Julio Vanegas Rodriguez el dinero que a la fecha se encuentra depositado en su cuenta de ahorros No. 3020406447, con los respectivos intereses.
- Tercero. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.