T-032 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Consejo De Comunidades Negras De Rocha·Respondent Corporación Autónoma Regional De Canal Del Dique- Cardique Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Comunidades negras
- Improcedencia por incumplimiento del requisito de la inmediatez
- Reglas generales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
A partir del 2021 la empresa SURTIGAS S.A.
ESP inició el proceso de construcción de un proyecto denominado “Granja Solar”, tendiente a generar energía eléctrica a través de paneles solares fotovoltaicos en el Municipio de Arjona (Bolívar), con el objeto de suministrar energía eléctrica renovable a dos estaciones de bombeo pertenecientes a la empresa Aguas de Cartagena.
En el precitado municipio está el corregimiento de Rocha, cuyos habitantes se reconocen como afrodescendientes y ejercen en ese lugar sus prácticas tradicionales, actividades de pesca, agricultura, caza de animales silvestres y pequeña ganadería.
El actor, presentándose como representante legal del Consejo Comunitario de Comunidades Negras de Rocha, considera que el proyecto mencionado afectó la dinámica cultural, la seguridad alimentaria de la comunidad y repercutió negativamente en el medio ambiente, en la medida que esta construcción involucró la tala de bosques y el desplazamiento de especies naturales como la iguana, el conejo, el venado, la guartinaja, el armadillo, el puercoespín, el lobo silvestre y diferentes aves y plantas tradicionales con las que convivían y de las cuales obtenían su sustento.
Asimismo, argumentó que la comunidad de Rocha desconoce la línea base del proyecto y que éste se les debió haber consultado y socializado, pues sin su participación no era posible conocer con certeza los impactos sociales, ambientales, económicos y culturales de la obra.
Dicha omisión es la que se considera trasgresora de derechos fundamentales.
Luego de analizar el asunto la Sala Segunda de Revisión decidió confirmar las decisiones de instancia que declararon la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela, pero aclaró que ello se debía al incumplimiento del requisito de inmediatez.
Lo anterior, al encontrar que transcurrió un plazo excesivo entre el conocimiento de la existencia y alcances del proyecto “Granja Solar” y el ejercicio de la acción de tutela para reclamar el agotamiento de la consulta previa y la protección de sus derechos a la dinámica cultural, la seguridad alimentaria y el medio ambiente.
En especial, se destacó que en el expediente no obrara prueba siquiera sumaria o indicios que permitieran inferir que la alegada vulneración de derechos fundamentales se mantuviera en el tiempo, ni tampoco que demostraran la necesidad de intervención inmediata del juez de tutela.
Adicionalmente, se indicó que la parte accionante no actúo de manera diligente en la búsqueda de protección de sus garantías constitucionales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Por las razones expuestas en esta providencia, CONFIRMAR la sentencia del 1 de septiembre de 2021, proferida en primera instancia por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Turbaco con Funciones de Conocimiento, confirmada en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 06 de octubre de 2021, en cuanto declaro la improcedencia de la acción instaurada por el señor Linfer Moyar Ruiz.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.