C-786 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Marlon David Muñoz Giraldo·Respondent Ley 71 De 1988, Articulo 7 Parcial
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Requisitos
- Características
- Jurisprudencia constitucional
- Propósitos
- Tipos
- Contenido y alcance
- Efectos
- Requisitos para su configuración
- Inexistencia
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza y pertinencia en los cargos
- Inhibición para pronunciarse de fondo
- Vigencia de disposición demandada
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 7º (parcial) de la Ley 71 de 1988, por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones.
Aduce el demandante que las expresiones “de aportes” y “de previsión social que hagan sus veces” infringen la Constitución Política en su Preámbulo y en sus artículos 13, 26 y 48, al consagrar la exigencia para los empleados oficiales y trabajadores que acrediten veinte años de trabajo, de realizar aportes o cotizaciones, los cuales podrán ser sufragados en cualquier tiempo y acumulados a una o varias de las entidades de previsión social del orden nacional, departamental, municipal o intendencial, comisarial o distrital y en el ISS, como requisito para obtener la pensión de jubilación.
Se alega, que con dicha exigencia, presuntamente, se vulnerarían los derechos a la igualdad y a la seguridad social, así como el principio de favorabilidad para los empleados oficiales..
La Corte comprobó que la norma parcialmente acusada se encuentra vigente y que no existe sobre los cargos planteados una decisión con fuerza de cosa juzgada que excluya la posibilidad de decidir sobre ellos.
Sin embargo, también encontró que los cargos formulados no llenaban los requisitos necesarios para que la Corte pudiera resolver al respecto, en concreto los de certeza, claridad y pertinencia.
La Sala se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 71/88. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de merito sobre la demanda contra las expresiones "de aportes" y "de prevision social que hagan sus veces" contenidas en el articulo 7deg de la Ley 71 de 1988, por ineptitud sustantiva de la demanda.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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