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Constitutional review ruling (C)November 23, 2022Full bench

C-413 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Hernán Leandro Correa Cardozo

✓Respondent --

✓
Topic · hard data
Revision De Constitucionalidad De Ley Aprobatoria De Convenio Internacional.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Tratados Internacionales
  • Control tripartito en su incorporación
Precedente En Sentencia Sobre Tratado Internacional
  • Disposiciones con identidad de textos o variaciones menores
  • Exclusión de aplicación a partir de posibles reformas constitucionales
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • No se requiere cuando la normatividad no dispone intervención específica a los pueblos o comunidades étnicas
Control De Constitucionalidad En Materia De Tratados Y Leyes Aprobatorias De Tratados
  • Competencia de la Corte Constitucional
  • Control formal y material
Convenio Internacional Del Cacao
  • Se ajusta a la Constitución Política
Tratado Internacional
  • Declaraciones interpretativas
Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
  • Principios de consecutividad e identidad flexible
  • Control material
10 topics · 14 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Revisión oficiosa de constitucionalidad de la Ley 2163 de 2021, por medio del cual se aprueba el Convenio Internacional del Cacao’ adoptado en Ginebra el 25 de junio de 2010.

En la revisión formal la Corte concluyó que el Estado colombiano busca su adhesión bajo las reglas establecidas en el acuerdo.

Además, advirtió que se cumplieron las reglas del trámite del procedimiento legislativo previstas para las leyes ordinarias.

Respecto del control material, la Corte encontró que esta es constitucional porque el Congreso de la República observó lo establecido en el numeral 16 del artículo 150 de la Carta Política, pues aprobó el acuerdo sin introducir modificaciones.

Luego de revisar el contenido material del Convenio y la Ley La Sala Plena encontró que este se ajusta a los postulados constitucionales de protección de las garantías laborales y promoción de la investigación científica y el desarrollo, la integración económica en materia comercial, la internacionalización de las relaciones económicas bajo los principios de soberanía, equidad y reciprocidad, la iniciativa privada, la libertad económica, la productividad y la competitividad, previstos en la Carta Superior.

Con base en lo anterior, se declaró la EXEQUIBLIDAD del instrumento internacional analizado y de su ley aprobatoria.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 2163/21. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 150Ley 2163/21UPHELD
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declarar CONSTITUCIONAL el "Convenio Internacional del Cacao", adoptado en Ginebra el 25 de junio de 2010.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 2163 de 2021"Por medio del cual se aprueba el "Convenio Internacional del Cacao" adoptado en Ginebra el 25 de junio de 2010".
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.