C-313 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Raymundo Marenco Boekhoudt
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Determinación de la división general del territorio
- Determinación de entidades territoriales
- Aplicación del régimen municipal ordinario sólo de manera subsidiaria
- Reserva legal orgánica para creación, eliminación, modificación o fusión
- Entidades territoriales con régimen jurídico especial
- Fusión tiene reserva de ley orgánica
- Norma que establece la obligación de elaborar plan de saneamiento financiero no vulnera la constitución
- Posibilidad de su fusión por las Asambleas Departamentales constituye una asignación irregular
- Vacío normativo reemplazado con acto constituyente o legislativo
- Establecimiento de bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales
- Competencia para establecer condiciones financieras de viabilidad de municipios y distritos
- Competencia para crear, suprimir, agregar y segregar municipios
- Facultad para fusionar distritos excede la atribución constitucional asignada
- Facultad para imponer a distritos plan de ajuste vulnera la constitución
- Improcedencia
- Parámetros y condiciones referidos a municipios
- Existencia, modo y fin de entes territoriales
- Inexistencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 617 de 2000, articulo 19 (parcial).
El cargo erigido plantea la violacion de los articulos 4, 13, 150, 155 y otros de la constitucion, bajo el entendido de que el congreso de la republica, a traves de la formulacion normativa impugnada, otorga facultades a las asambleas departamentales para decidir la fusion de distritos, lo cual excede las competencias reservadas al cuerpo legislativo. <br>en efecto, la corte encontro que la norma sugiere una atribución, en cabeza de las asambleas departamentales, que en consonancia con el articulo 150 numeral 4 superior, corresponde al congreso de la republica y que excede, a su vez, las que fueron asignadas a esos entes territoriales. <br>se declaro la exequibilidad de las expresiones “y distritos”, “o distritos” y “o distritos” contenidas en el inciso 1 y en el titulo del articulo 19 de la ley 617 de 200, y la inexequibilidad de esas mismas expresiones contenidas en los incisos 2°, 3°, 4°, 5° y 6° del articulo 19 de esa misma ley.
What it decided
Holdings on Ley 617/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE las expresiones "y distritos", "o distrito," y "o distritos", contenidas en el inciso 1deg y en el titulo del articulo 19 de la Ley 617 de 2000.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "y distritos", "o distrito," "o distritos", "distrito" y "distritos" contenidas en los incisos 2o, 3deg, 4deg, 5deg y 6deg del articulo 19 de la Ley 617 de 2000.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.