T-890 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Eloina De Pava Y Otros·Respondent Empresa De Servicios Públicos Emdupar S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia general sobre controversias contractuales o pecuniarias entre los usuarios de servicios públicos domiciliarios y la empresa
- Improcedencia porque las peticionarias no han demostrado un perjuicio irremediable, ni vulneración de derecho fundamental alguno por el cobro de facturas por falta de medidor
- Garantía de los usuarios de las empresas de servicios públicos domiciliarios
- Controversias contractuales o pecuniarias entre las usuarias de servicios públicos domiciliarios y la empresa por el cobro de facturas sin medidor
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso al facturarles la entidad demandada el servicio de acueducto sin la instalación del respectivo medidor, solicitan ordenar a la accionada se abstenga de cobrarles el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo hasta tanto no se les instale el medidor, además bajar del sistema comercial las sumas correspondientes a facturas cobradas sin la respectiva medición.
Procedencia de la tutela para reclamos sobre facturación, existencia de otros medios de defensa judicial.
Las demandantes no demuestran ningún perjuicio irremediable ni han demosttrado vulneración de ningún derecho fundamental, ni han presentado a la empresa las reclamaciones relacionadas con el cobro de un consumo que no ha sido calculado por falta del medidor,y tampoco han acudido a la vía gubernativa, por lo tanto existe otro medio de defensa judicial.
Negada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 10 de abril de 2007, por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Valledupar, que resolvió la acción de tutela promovida por Eloina de Pava, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida el 14 de marzo de 2007 por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Valledupar, que resolvió la acción de tutela promovida por Ariel Granados Orozco, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 8 de marzo de 2007 por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Valledupar, que resolvió la acción de tutela promovida por Nelva Rosa Arduaza Melo, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Cuarto. CONFIRMAR la sentencia proferida el 20 de marzo de 2007 por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Valledupar, que resolvió la acción de tutela promovida por Mildreth Ballesteros, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Quinto. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.