T-886 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Aydee Cecilia Pacheco Molina Y Otros Vs Cajanal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No constituye respuesta información suministrada al juez de tutela
- Respuesta oportuna y efectiva
- Vulneración de término de quince días y de cuatro meses para responder
- Aplicación término definitivo de quince días
- Término de cuatro meses
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta en el proceso T-752976, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en el proceso T-755460, por el Juzgado Treinta y Dos Penal del Circuito de Bogotá en el proceso T-755393, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá en el proceso T-754276, por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santa Marta en el proceso T-753416, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta en el proceso T-754276 y por el Juzgado
- Décimo. Civil del Circuito en el proceso T-753225. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho de petición.
- Segundo. ORDENAR a la Caja Nacional de Previsión Social que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, resuelva, en caso de no haberlo hecho ya, sobre las peticiones a ella elevadas por los siguientes ciudadanos Aydee Cecilia Pacheco Molina, Daniel Bello Barrera, Rafael Medina Bonilla, Carmen Magnolia Herrera Valdés, Hugo Eleazar Mosquera Mosquera y José Cesáreo Aparicio Brochero. En caso de que sea necesario verificar un hecho para resolver de fondo, la entidad deberá hacerlo de inmediato, informándole de ello al peticionario antes de 48 horas y tomando la decisión de fondo a más tardar en el término de 15 días contados a partir de la notificación de la presente sentencia.
- Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá en el proceso T-754830.
- Cuarto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.