T-761 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Ruth Mary Amorocho Arciniegas Y Otro·Respondent Caja De Compensacion Familiar Comfenalco Santander Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia por transmutación del derecho a la vivienda digna
- Caso en que Caja de Compensación familiar no realizó desembolso del 20% restante del subsidio de vivienda otorgado a la accionante
- Definición jurisprudencial
- Vulneración al declarar la Caja de Compensación Familiar que el accionante no puede postularse nuevamente para obtener subsidio familiar durante los próximos diez (10) años
- Vulneración por negligencia e incumplimiento de entidad municipal y Metrovivienda, al no entregar proyecto de vivienda de interés social
- Orden a Caja de Compensación Familiar autorice la legalización del subsidio familiar de vivienda otorgado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, confianza legítima, vivienda digna.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
En el primer caso el demandante alega que la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Santander, quien le otorgó el subsidio de vivienda, se negó a autorizar el desembolso del saldo del subsidio, argumentando que no se había legalizado el trámite dentro del término legal.
En el segundo caso, el actor sostiene que las entidades intervinientes en la construcción del proyecto de vivienda de interés social que escogió para invertir el subsidio familiar de vivienda que le fue otorgado, están vulnerando sus derechos fundamentales al no entregarle su vivienda dentro de los plazos pactados, venciéndose el subsidio que le fuera otorgado y quedando impedido para postularse nuevamente a la asignación de un nuevo subsidio durante los próximos diez años.
La Sala concede el amparo solicitado e imparte órdenes a las accionadas, tendientes a hacer efectivo el goce real de los derechos tutelados.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Bucaramanga el 22 de marzo de 2011, que a su vez revoco la sentencia expedida por el Juzgado Trece Civil Municipal de Bucaramanga el 7 de febrero de 2011 que tutelo los derechos de la accionante a la vida y a la vivienda digna y, en su lugar, MODIFICAR el fallo de primera instancia para TUTELAR ademas los derechos al minimo vital y a la confianza legitima de la senora Ruth Mary Amorocho Arciniegas.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la Caja de Compensacion Familiar Comfenalco Santander que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, autorice la legalizacion del subsidio familiar de vivienda de la senora Ruth Mary Amorocho Arciniegas y, proceda dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la recepcion de los documentos necesarios para el desembolso del veinte por ciento (20%) restante del subsidio familiar de vivienda de la senora Ruth Mary Amorocho Arciniegas, a cancelarlo a la Constructora Promicasa S.A. o a quien haga sus veces.
- Tercero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Cucuta el 9 de mayo de 2011, que a su vez confirmo el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Cucuta el 22 de marzo de 2011, en los cuales se declaro la improcedencia de la accion de tutela, para en su lugar, TUTELAR el derecho a la vivienda digna del senor Luis Jesus Ovalle Boada.
- Cuarto. ORDENAR a Metrovivienda Cucuta, que cuando el senor Luis Jesus Ovalle Boada se postule nuevamente para la asignacion de una solucion de vivienda ofrecida por esa entidad, esta le sea asignada respetando el orden de adjudicacion que tenia desde su primera postulacion para adquirir una vivienda en el proyecto Ciudadela el Progreso, previo cumplimiento por parte del tutelante de los requisitos que para su acceso se establezcan.
- Quinto. ORDENAR que, en el evento en que el hogar del senor Luis Jesus Ovalle Boada se postule nuevamente para la adjudicacion de un subsidio familiar de vivienda, la entidad encargada de calificar dicha postulacion no pueda rechazarla, argumentando su imposibilidad para postularse.
- Sexto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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