T-176 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Liza Katherine Castro Velasquez Y Otro·Respondent Fonvivienda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Garantía del principio de publicidad y del debido proceso
- Revocatoria del subsidio familiar de vivienda en especie, beneficiarios incumplieron obligación de residir en el inmueble asignado
- Garantía a través de subsidio familiar de vivienda de interés social a personas que acrediten requisitos
- Motivación del acto administrativo
- Mecanismo constitucional para el amparo de sus derechos fundamentales
- Obstáculos que impiden el ejercicio a plenitud de los derechos y garantías de las personas con discapacidad
- Establecimiento de acciones afirmativas
- Alcance y contenido
- Alcance y contenido
- Características
- Obligación de adoptar la perspectiva de género
- Particularmente contra violencia intrafamiliar
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se tiene que los accionantes son sujetos de especial protección.
La primera, por ser víctima de desplazamiento forzado por causa del conflicto armado y víctima de violencia de su excompañero sentimental, por razones de género y, el segundo, por ser persona en condición de discapacidad por padecer de labio leporino y paladar hendido, lo que le dificulta la comunicación, tener una disminución intelectual, ser analfabeta y no contar con grado de escolaridad alguno, además de ser víctima también de desplazamiento forzado.
En ambos casos se aduce que Fonvivienda vulneró derechos fundamentales de los peticionarios al adelantar en su contra actuaciones administrativas sancionatorias que culminaron con la revocatoria de los subsidios de vivienda previamente otorgados, sin tener en cuenta las circunstancias especiales que tuvieron que afrontar.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
El derecho fundamental a la vivienda digna respecto de la población desplazada- alcance y contenido en materia de subsidios de vivienda, el procedimiento para su asignación y las obligaciones surgidas del mismo. 2º.
El debido proceso administrativo. 3º.
La protección constitucional en casos de violencia intrafamiliar y de género y, 4º.
El alcance de protección de las personas en condición de discapacidad y enfoque diferencial.
En los dos expedientes se revocaron las decisiones de instancia que declararon la improcedencia de la acción de tutela y, en su lugar, se decidió NEGAR los amparos invocados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. En relación con el expediente T-7.899.201, REVOCAR el fallo del 24 de febrero de 2020, adoptado por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Santander de Quilichao, Cauca, que declaró improcedente la acción de tutela, en el proceso promovido por Liza Katherine Castro Velásquez en contra del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la vivienda digna y al debido proceso solicitados, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. En relación con el expediente T-7.911.036, REVOCAR el fallo del 25 de febrero de 2020, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala de Decisión Penal, mediante el cual confirmó la improcedencia declarada por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Bucaramanga, mediante providencia del 18 de diciembre de 2019, dentro del proceso de tutela promovido por Luis Alberto Verdugo en contra de Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la vivienda digna y al debido proceso solicitados, conforme las razones expuestas en la presente sentencia.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.