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Tutela ruling (T)September 23, 2011

T-700 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Xx Actuando Como Agente Oficiosa De Xy·Respondent Direccion Territorial De Salud De Caldas Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud
  • Irrespeto por trámites burocráticos y administrativos que demoran irrazonablemente el acceso al servicio
Daño Consumado
  • No conduce necesariamente a la improcedencia de la tutela porque la Corte puede pronunciarse de fondo sobre el tema planteado
Entidad Prestadora De Servicios De Salud
  • No puede imponerles a los usuarios el cumplimiento de trámites administrativos o burocráticos que obstaculicen el acceso a los servicios de salud
Plan Obligatorio De Salud De Regimen Contributivo Y Subsidiado
  • Reglamentación del servicio de transporte o traslado de pacientes dentro del territorio nacional
Seguridad Social Y Salud
  • Derecho y servicio público de carácter obligatorio
Accion De Tutela De Paciente Portadora Del Vih Contra Eps Caprecom
  • Carencia actual de objeto por fallecimiento del demandante
  • Llamado a prevención para que garantice los servicios y tratamiento integral de salud que requieran afiliados
Acción De Tutela
  • Legitimidad e interés
Carencia Actual De Objeto
  • Efectos del fallo en sede de revisión
Legitimacion En La Causa Por Activa
  • Capacidad para representar intereses de cuñada portadora del VIH
Principio De Continuidad En La Prestacion Del Servicio De Salud
  • Imposibilidad de interrumpir de manera intempestiva servicio médico cuando no se ha logrado el restablecimiento pleno de la salud del paciente
13 topics · 13 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vida, seguridad social, dignidad humana.

Mediante la figura de la agencia oficiosa se instauró la presente acción de tutela, porque las entidades accionadas negaron a una paciente portadora de VIH positivo la hospitalización y el tratamiento integral requerido, bajo el argumento de no existir disponibilidad de camas de aislamiento necesarias para la atención de este tipo de patologías.

En sede de revisión se constató el fallecimiento de la actora y a pesar de existir una carencia actual de objeto la Sala abordó el estudio del asunto para determinar la posible vulneración de los derechos fundamentales referidos en la demanda.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho fundamental a la salud y su especial protección tratándose de personas portadoras de VIH, el deber de las Entidades Promotoras de Salud de no anteponer trámites administrativos que obstaculicen el acceso al servicio y, el servicio de transporte y manutención para el afiliado y su acompañante.

Se concluye que la actuación de CAPRECOM E.P.S.

S. fue abiertamente discriminatoria y contraria al derecho a la salud, en cuanto despojó a un sujeto de especial protección constitucional de una serie de garantías que debieron ser prestadas de manera eficiente y oportuna.

Se declara la carencia actual de objeto y se ordena compulsar copias a la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelante las diligencias correspondientes relacionadas con las posibles faltas en las que pudieron incurrir las accionadas.

Así mismo se previne a la E.P.S.S CAPRECOM para que no vuelva a incurrir en conductas como las que dieron origen al presente asunto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia proferida por Juzgado
  2. Primero. de Familia de Manizales, el catorce (14) de abril del dos mil once (2011), la cual declaro la carencia actual de objeto como consecuencia del deceso de la senora XY.
  3. SEGUNDO. ORDENAR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, se compulsen copias a la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelante las diligencias correspondientes, relacionadas con las posibles faltas en las que pudo incurrir la E.P.S. -S CAPRECOM y la Clinica AMAN, por los hechos que dieron origen a la presente accion de tutela.
  4. TERCERO. PREVENIR a la E.P.S. -S CAPRECOM para que no vuelva a incurrir en conductas como las que dieron origen a la presentacion de esta accion de tutela y garantice todos los servicios y el tratamiento integral de salud que requieran sus afiliados.
  5. CUARTO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.