T-687 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Yonny Wastrith Rios Perea·Respondent Secretaria De Educacion Departamental Del Choco Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que se protegió unidad familiar por cuanto la accionante es madre cabeza de familia con hija menor de edad y se encuentra en estado de embarazo
- Límites constitucionales
- Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se incoa la acción de tutela en contra de la Secretaría de Educación Departamental del Chocó – Administración Temporal para el Sector Educativo-, por la presunta vulneración de derechos fundamentales de la actora, en virtud de la expedición de dos resoluciones que ordenaron de manera inconsulta su traslado de la sede principal de la institución educativa Manuel E.
Rivas Lobón del municipio del Medio San Juan, al centro Educativo María Auxiliadora de Cucurrupí del municipio del Litoral San Juan.
Sobre el particular adujo la accionada, que el traslado se dio en cumplimiento de una orden judicial proferida dentro de otra acción de tutela, en la cual se ordenó la reubicación de la demandante.
Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con los límites al ius variandi en el sector educativo oficial, la Sala de Revisión decidió confirmar la decisión de instancia que TUTELÓ los derechos fundamentales al trabajo en condiciones dignas y a la unidad familiar de la actora.
Se advirtió a la accionada que un decreto de amparo no se convierte en una suspensión de la potestad ius variandi, pero que si es una limitante a la misma. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo del 12 de marzo de 2013, proferido por el Juzgado Civil de Circuito de Istmina (Choco), que tutelo los derechos fundamentales al trabajo en condiciones dignas y a la unidad familiar de Yonny Wastrith Rios Perea.
- SEGUNDO. ADVERTIR a la Secretaria de Educacion Departamental del Choco - Administracion Temporal para el Sector Educativo que las ordenes de tutela que se imparten tienen como fin remediar una afectacion de derechos fundamentales actual, por lo cual se encuentra en la facultad de volver a trasladar a los docentes a otro lugar de trabajo, siempre que respete sus derechos fundamentales y los de su familia, velando para que las circunstancias que dieron origen a la proteccion constitucional no se repitan, es decir que un decreto de amparo no se convierte en una suspension de la potestad de ius variendi, pero si es una limitante a la misma.
- TERCERO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el Articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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