T-619 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Martínez Caballero
✓Claimant Pastor Rodriguez Gomez Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
- Pago oportuno de mesadas
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
- IFI Concesión Salinas entidad encargada de pagar las mesadas
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas en el presente fallo, las decisiones de instancia que negaron la tutela a los solicitantes, a saber: en la T-249932 la sentencia de 19 de agosto de 1999 de la Sección Primera del Consejo de Estado, en la T-251486 la sentencia de 26 de agosto de 1999 de la Sección Primera del Consejo de Estado, en la T-254462 la sentencia de 2 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-255694 la sentencia de 3 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-255695 la sentencia de 3 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-256195 la sentencia de 10 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-256201 la sentencia de 3 de septiembre de 1999 de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en la T-256206 la sentencia de 3 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-256209 la sentencia de 3 de septiembre de 1999 de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en la T-256215 la sentencia de 9 de septiembre de 1999 de la Sección Primera del Consejo de Estado, en la 256224 la sentencia 10 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-257079 la de 9 de septiembre de 1999 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257083 la sentencia de 10 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257084 la sentencia de 10 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257595 la sentencia de 14 de septiembre de 1999 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257606 la sentencia de 14 de septiembre de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257085 la sentencia del 10 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257607 la sentencia de 14 de septiembre de 1999 de la Corte Suprema de Justicia, en la T-257991 la sentencia de 15 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-258000 la sentencia de 15 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-258001 la sentencia de 15 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-258355 la sentencia de 9 de septiembre de 1999 de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en la T-258393 la sentencia del 10 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-258359 la sentencia de 10 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-259913 la sentencia de 20 de septiembre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la T-260678 la sentencia de 6 de agosto de 1999 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena, en la T-262025 la sentencia de 25 de agosto de 1999 del Tribunal Administrativo del Atlántico, en la T-262203 la sentencia de 29 de septiembre de 1999 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Surpeema de Justicia, en la T-262372 la sentencia de 24 de septiembre de 1999 de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en la T-267156 la sentencia de 30 de septiembre de 1999 de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en la T-270588 la sentencia de 27 de octubre de 1999 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
- SEGUNDO. ORDENAR que en el término de cuarenta y ocho horas (48), contadas a partir de la notificación del presente fallo el Director General del IFI-Concesión Salinas proceda a cancelar las mesadas completas y debidas a PASTOR RODRIGUEZ GOMEZ. MARIA MIRANDA GUARDO, BENJAMIN DIAZ BARACLADO, ALFONSO DORIA HERNANDEZ, SILVIA CORREA DE BARROS, ABRAHAM SABOGAL ROMERO, RAFAEL ISIDRO GONZALEZ MORENO, RAFAEL ANTONIO ZAMBRANO, NICORINA ARIZA DE CORDOBA, JOSE ULDARICO FORERO GONZALEZ, MARTHA VELASQUEZ DE GUTIERREZ, HUGO RAFAEL BANEA ARENAS, NEREO BLANCO, LUIS AUGUSTO MOYANO LEAL, JUAN LUIS FERNANDO RUIZ RESTREPO, BLANCA GUTIERREZ GONZALEZ, ALEMIRO CUELLO DURAN, HELENA CARMONA VIUDA DE PINEDA, ANGEL PATIÑO REDONDO, MARCO ANTONIO TORRES FINO, JOSE WILMAR BUITRAGO GIRALDO, JOSE JOAQUIN RODRIGUEZ CHALA, LUIS BELTRAN FONSECA DE LA HOZ, INOCENCIA DIAZ VIUDA DE ARANGO, GILBERTO ESTRADA AHUMADA, ABEL ONOFRE CHAVEZ LUCHETA, ELIDA RINCON DE PAJARO, TOMAS CASTILLO GONZALEZ, PEDRO JOSE GARCIA MARTINEZ, OSCAR CORREA IBAÑEZ, VALENTIN CARPINTERO SANTIAGO, GLADYS BARROS AHUMADA, CARLOS PAYARES RODRIGUEZ, FANNY MEJIA LUNA, AGAPITO PINTO CASTRO, SANTANDER VERGARA VERDUGO, FEDERICO ABELLA SANCHEZ, BRUNHILDA STRUSS DE GOMEZ, GUILLERMO MELENDEZ JIMENEZ, SANTANDER ROJAS PEÑALOSA, INGEBORG F. DE HEINZ, RICARDO DIAZ BENJAMIN, ALBA PERTUZ VIUDA DE SAYAS, LUIS CARLOS MARTELO MONTES, SARIT MANGUAL DE AMAYA, ERIT RODRIGUEZ VILLAMIL, GONZALO MANTILLA DURAN, PASTOR RODRIGUEZ GOMEZ. Y REQUERIR para que en el futuro no se incurra nuevamente en mora. En caso de no existir la partida presupuestal correspondiente, en el término de cuarenta y ocho horas (48) iniciará los trámites requeridos para dar pronto cumplimiento a lo ordenado, sin que pueda pasar de treinta dias (30) la mencionada tramitación.
- TERCERO. ORDENAR que, respecto de los pensionados mencionados en el punto anterior, se paguen los correspondientes aportes al sistema de salud, en el término de cuarenta y ocho horas.
- CUARTO. Se requiere al IFI para que haga los aportes correspondientes, en el término indicado en el numeral
- segundo. de esta sentencia.
- QUINTO. El citado funcionario (Director General del IFI-Concesión Salinas) informará a la mayor brevedad a los juzgadores de primera instancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el presente fallo.
- SEXTO. COMUNÍQUESE la presente sentencia a los juzgadores de origen, para que sea notificada a las partes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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