T-599 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Marcelino Parra·Respondent Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
- Orden a UGPP reconocer pensión de vejez
- Reiteración de jurisprudencia
- Entidad pública
- Casos en que resulta aplicable
- Aplicación en materia pensional
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal UGPP la vulneración de derechos fundamentales, por el hecho de revocar unilateralmente y sin consentimiento previo, el acto administrativo a través del cual le reconoció y reliquidó al actor la pensión de vejez.
Se reconstruyen las líneas jurisprudencias de la Corporación en torno a la protección constitucional a la seguridad social y la aplicación del principio de “respeto al acto propio” en materia de derechos pensionales.
Se CONCEDE el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y la seguridad social.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 20 de marzo de 2014 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, el cual confirmó el dictado, el 11 de febrero de 2014, por el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Bogotá que declaró la improcedencia de la acción de tutela y, en su lugar, conceder el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social del señor Marcelino Parra.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la resolución ADP013078 del 26 septiembre de 2013 que revocó el reconocimiento de la pensión de vejez del accionante y, en su lugar, ORDENAR el pago de dicha prestación reconocida en la resolución No. RDP-041956 del 10 de septiembre de 2013, el cual debe efectuarse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta sentencia.
- TERCERO. LIBRENSE, por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.