T-562 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Maria Teresa Castro Poveda·Respondent Caja Nacional De Prevision Social -Cajanal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Hecho superado por cuanto fue resuelta petición
- Término de cuatro meses para resolver solicitud
- Término de quince días para comunicar al peticionario la información que éste haya solicitado en torno a los trámites a seguir
- Términos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida, minimo vital y peticion de pensionada de la entidad accionada a quien no le han hecho el reajuste pensional ordenado mediante resolucion de 2005.
Ademas, con el fin de obtener la reliquidacion, radico peticion escrita que hasta la fecha de interposicion de la tutela no habia sido contestada. <br>reclama que, a traves de la tutela, se exhorte a la accionada para que expida el acto administrativo en el que se reconozca de inmediato la reliquidacion de su pension.<br>improcedencia general de la accion de tutela para proteger derechos prestacionales.<br>la sala recordo cuales son las condiciones cuyo cumplimiento se exige para hallar merito a la excepcion a esta reglas general, y se verifico que en el caso observado, no hay peligro de ocurrencia de un perjuicio irremediable. <br>por otra parte, se analizo el asunto relativo a la renuencia en la contestacion de la peticion.<br>en ese sentido, se citaron varias sentencias relativas al tema de los plazos dispuestos para la resolucion de solicitudes.<br>de manera general, se ha establecido que los operadores de pensiones cuentan con un termino maxino de 4 meses para resolver de fondo las peticiones de reconocimiento o reajuste de pension; Sin embargo, en el caso particular de la prestacion por pension de sobrevivientes este plazo es de 2 meses despues de radicada la solicitud.<br>se comprobo, por otra parte, que desde la fecha de presentacion de la solicitud hasta la de la demanda de tutela, habian trascurrdio 6 meses. <br>pero, despues de expedido el fallo de primera instancia, la entidad se pronuncio al respecto.
Se configuro, en esta medida, un hecho superado.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. CONFIRMAR el fallo unico de instancia dictado el 29 de octubre de 2007 por el Juzgado
- Quinto. de Familia de Ibague en el sentido de declarar IMPROCEDENTE el amparo de los derechos a la vida y al minimo vital en la demanda de tutela presentada por Maria Teresa Castro Poveda contra la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL.
- Segundo. REVOCAR el fallo unico de instancia dictado el 29 de octubre de 2007 por el Juzgado
- Quinto. de Familia de Ibague en el sentido de declarar IMPROCEDENTE el amparo del derecho de peticion en la demanda de tutela presentada por Maria Teresa Castro Poveda contra la Caja Nacional de Prevision Social, CAJANAL, y en su lugar,
- DECLARAR que, por configurarse la carencia actual de objeto en relacion con la proteccion del derecho de peticion de la demandante, no se imparten ordenes en torno a las falencias planteadas.
- Tercero. LIBRESE, por Secretaria, la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.