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Tutela ruling (T)July 21, 2014

T-541A de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Luz Stella Cornejo Badillo Agente Oficiosa De Paula Fernanda Rodriguez Cornejo·Respondent Saludcoop Eps

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Fundamentalidad Del Derecho A La Salud
  • Principios rectores como eficiencia, universalidad y solidaridad
Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Fundamental y prevalente
  • Vulneración por EPS por negar constancia de desafiliación de menor de edad para acceder a otra EPSS del régimen subsidiado
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Tía en representación de sobrina menor de edad
  • Cualquier persona puede exigir el cumplimiento de los derechos de los niños
Principio De Continuidad En El Servicio De Salud A Menor
  • Orden a EPS expida constancia de desafiliación con el fin de que la agenciada proceda a efectuar los trámites para afiliación a otra EPS del régimen contributivo o subsidiado
5 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante, actuando como agente oficiosa de una sobrina menor de edad, solicita a través de la acción de tutela que SALUDCOOP E.P.S. proceda a desafiliar a la niña del régimen contributivo en salud de esa entidad y expidir la correspondiente certificación, a fin de poderla afiliar al régimen subsidiado de salud y garantizar así la atención médica que requiere.

La accionada negó la petición alegando que el padre de la menor no cancela los aportes desde hace dos años, lo que impide que sus beneficiarios accedan a los servicios y que se proceda a la desafiliación de los mismos, hasta tanto se cancele la suma de dinero adeudada.

Los jueces de instancia declararon improcedente la acción de tutela, por falta de legitimación por activa y porque la situación advertida debía ser formulada ante la Superintendencia Nacional de Salud.

Se aborda temática relacionada con la agencia oficiosa en la acción de tutela cuando actúa otra persona a nombre de un menor de edad, al igual que la relacionada con el derecho fundamental a la salud y su connotación en los niños.

La Corte concluye que la medida impuesta por SALUDCOOP resulta abiertamente desproporcionada, porque los derechos a la seguridad social y a la salud de la agenciada asumen mayor relevancia constitucional a un derecho económico que puede ser satisfecho a través de otros medios legales.

Es decir, que el obstáculo creado a la agenciada desconoce derechos que son irrenunciables y, por contera, promueve de manera inaceptable un riesgo a su salud y a su vida.

SE CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 25 de julio de 2013, proferida por el Juzgado 6deg Civil del Circuito de Cucuta, que a su vez confirmo la providencia emitida por el Juzgado 9deg Civil Municipal de esa ciudad, el 10 de mayo de 2013, en cuanto declaro improcedente la accion de tutela promovida por la senora Luz Stella Cornejo Badillo, en calidad de agente oficiosa de Paula Fernanda Rodriguez Cornejo.
  2. Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y a la salud de Paula Fernanda Rodriguez Cornejo. Para el efecto, ORDENAR a SALUDCOOP EPS, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, expida la respectiva constancia de desafiliacion de esa entidad, con el fin de que la agenciada proceda a efectuar los tramites correspondientes que garanticen su afiliacion y continuidad en el sistema general de seguridad social en salud por parte de algun otro operador de los regimenes contributivo o subsidiado en salud.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.