T-479 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Manuel Antonio Ramirez·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia
- Carga de la prueba es de la entidad administradora de pensiones
- Procedencia excepcional
- Artículo 19 de la Ley 797/03 permite revocar directamente pero solo ante evidencia de fraude
- Marco normativo
- Jurisprudencia constitucional
- Procede cuando se ha obtenido de manera ilegal
- Es necesario establecer que una actuación ilícita del actor tuvo injerencia en el reconocimiento pensional, lo que implica que se demuestre su responsabilidad penal
- Aplicación a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas
- Deber de custodia, conservación y guarda de la información concerniente al Sistema de Seguridad Social
- Caso en que se modificó de manera ilícita la historia laboral del actor
- Definición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales del actor, como consecuencia de haber revocado el acto administrativo mediante el cual se le reconoció una pensión de vejez.
La entidad adujo que la prestación fue otorgada de manera fraudulenta por la modificación ilícita de la historia laboral. se analizan los siguientes temas: 1º.
El debido proceso administrativo y, 2º.
El marco normativo y la jurisprudencia constitucional con respecto a la revocatoria directa de actos administrativos que reconocen pensiones.
Para la Sala resulta claro que el incumplimiento de los requisitos del accionante para la adquisición de su pensión, se fundó en una conducta tipificada como delito por la ley penal, pues la modificación fraudulenta de historias laborales fue realizada por algunos trabajadores en misión que desarrollaban funciones en la entidad.
Tras concluir que Colpensiones no trasgredió los derechos fundamentales invocados, la Corte decidió NEGAR el amparo invocado.
Se dejan en firme las resoluciones cuestionadas en lo referente a la revocatoria directa del acto administrativo que le reconoció la prestación al actor, pero se suspenden sus efectos con respecto al aparte en el que se ordena al peticionario el reintegro de los recursos girados a su nombre.
Se condiciona dicha suspensión a que dentro de un proceso penal se compruebe su responsabilidad n las conductas ilícitas que rodearon la modificación de su historia laboral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota el 31 de enero de 2017, que en primera instancia concedio el amparo de los derechos fundamentales del actor y por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota el 8 de marzo de 2017, que en segunda instancia declaro la improcedencia de la accion de tutela. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al habeas data, al debido proceso, a la vida digna, y al minimo vital del senor Manuel Antonio Ramirez.
- SEGUNDO. DEJAR EN FIRME la Resolucion GNR 194405 del 30 de junio de 2016, confirmada por la Resolucion VPB 40925 del 1 de noviembre de 2016, en lo referente a la revocatoria directa del acto administrativo que le reconocio la pension de vejez al senor Manuel Antonio Ramirez y SUSPENDER SUS EFECTOS con respecto al aparte del acto administrativo en el que se ordena al accionante el reintegro de los recursos girados a titulo de mesadas, retroactivos y aportes por valor de $50.499.452. La orden de suspension esta condicionada a que dentro de un proceso penal se compruebe la responsabilidad del senor Manuel Antonio Ramirez en las conductas ilicitas que rodearon la modificacion de su historia laboral.
- TERCERO. COMPULSAR copias a la Fiscalia General de la Nacion para que realice las investigaciones que consideren pertinentes a efectos de determinar si existio responsabilidad penal del senor Manuel Antonio Ramirez en las conductas ilicitas que rodearon la modificacion de su historia laboral.
- CUARTO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes -a traves del Juez de tutela de instancia-, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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